Estructuración de los negociados del Departamento de la Presidencia

 27/06/2025
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Orden PRE/100/2025, de 20 de junio, de modificación de la Orden PRE/28/2015, de 12 de febrero, de estructuración de los negociados del Departamento de la Presidencia (DOGC de 26 de junio de 2025). Texto completo.

ORDEN PRE/100/2025, DE 20 DE JUNIO, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN PRE/28/2015, DE 12 DE FEBRERO, DE ESTRUCTURACIÓN DE LOS NEGOCIADOS DEL DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

La Orden PRE/28/2015, de 12 de febrero, de estructuración de los negociados del Departamento de la Presidencia, incluyó en una única norma la regulación de los negociados vigentes en el Departamento de la Presidencia, con el fin de simplificar la estructura de la Administración y resolver situaciones de una dispersión normativa excesiva.

La Oficina del Gobierno del Departamento de la Presidencia ha analizado los negociados que dependen de ella, y ha constatado que hay funciones de las unidades que requieren un nivel de tecnificación superior y, por lo tanto, no las pueden desarrollar órganos activos con rango de negociado. En este contexto, mediante la Orden PRE/83/2024, de 23 de abril, se ha suprimido el Negociado de Archivo y Protocolización de Disposiciones. Y, en este mismo sentido, se ha constatado que las funciones del Negociado de Gestión Administrativa, por su alcance, también requieren un nivel de tecnificación cualificado.

De conformidad con lo que disponen el artículo 25.2 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y los artículos 39.3, 40.1 y 40.2 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno,

Ordeno:

Artículo único

Supresión de órgano

Se suprime el Negociado de Gestión Administrativa de la Oficina del Gobierno.

Disposición derogatoria

Queda derogado el artículo 2 de la Orden PRE/28/2015, de 12 de febrero, de estructuración de los negociados del Departamento de la Presidencia.

Disposición final. Entrada en vigor

Esta Orden entra en vigor el día siguiente a que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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