I Edición de los Premios Andalucía de Fundaciones

 25/06/2025
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Orden de 18 de junio de 2025, por la que se convoca la I Edición de los Premios Andalucía de Fundaciones (BOJA de 24 de junio de 2025). Texto completo.

ORDEN DE 18 DE JUNIO DE 2025, POR LA QUE SE CONVOCA LA I EDICIÓN DE LOS PREMIOS ANDALUCÍA DE FUNDACIONES.

Por el Decreto 96/2025, de 22 de abril , se crean y regulan los Premios Andalucía de Fundaciones, que tienen como finalidad distinguir y reconocer públicamente la labor de las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de Andalucía que hayan destacado en el cumplimiento de sus fines fundacionales de interés general. Asimismo, podrán ser reconocidas aquellas personas, físicas o jurídicas, con o sin carácter fundacional, así como otras entidades o instituciones, públicas o privadas, que en el ejercicio de sus actividades hayan contribuido a la difusión, conocimiento, desarrollo o promoción del sector fundacional.

Los Premios Andalucía de Fundaciones tienen carácter exclusivamente honorífico y consisten en la entrega de un diploma acreditativo y un objeto conmemorativo. Su concesión no genera derecho a devengo ni implica efecto económico alguno. No obstante, las fundaciones, personas, entidades o instituciones galardonadas podrán hacer uso de la mención “Premio Andalucía de Fundaciones”, junto con la indicación del año de concesión, en su identidad corporativa. Los premios se otorgarán anualmente y serán convocados mediante orden de la persona titular de la consejería competente en materia de régimen jurídico y registro de fundaciones, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, disponen que le corresponde a ésta la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las materias relativas al régimen jurídico y registro de las fundaciones, así como al Protectorado de las Fundaciones Andaluzas, que ejerce a través de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, y en uso de las atribuciones que me confieren el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 5 del Decreto 96/2025, de 22 de abril,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

1. Se convoca la I Edición de los Premios Andalucía de Fundaciones, correspondientes a 2025, en sus distintas modalidades, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 96/2025, de 22 de abril , por el que se crean y regulan los Premios Andalucía de Fundaciones:

a) Impulso a la investigación, la ciencia y la economía, con objeto de reconocer a aquellas fundaciones que hayan destacado en alguno de los ámbitos siguientes: investigación científica y técnica, innovación y desarrollo de nuevas tecnologías, economía, relaciones laborales o conocimiento y difusión de la ciencia.

b) Fomento de la educación y del deporte, con objeto de reconocer a aquellas fundaciones que hayan destacado en alguno de los ámbitos siguientes: docencia, desarrollo educativo o deportivo, actividades de tiempo libre o bienestar general de las personas a través de la actividad física.

c) Sostenibilidad, cultura y defensa del patrimonio, con objeto de reconocer a aquellas fundaciones que hayan destacado en alguno de los ámbitos siguientes: desarrollo sostenible y de las tecnologías verdes, protección del medioambiente, fomento, conservación y difusión de la cultura, museos y colecciones museográficas, bibliotecas y centros de documentación, así como conocimiento, protección, investigación y difusión del patrimonio cultural, histórico y artístico.

d) Iniciativas sociales y sanitarias, con objeto de reconocer a aquellas fundaciones que hayan destacado en alguno de los ámbitos siguientes: servicios sociales, inclusión y cohesión social, igualdad, atención sanitaria a colectivos desfavorecidos, defensa de los derechos humanos, cooperación al desarrollo, integración de las personas migrantes y mejora de la calidad de vida de las personas.

2. Asimismo, se convoca el Premio de Honor Andalucía de Fundaciones, que se concederá a aquella persona, física o jurídica, tenga o no carácter fundacional, entidad o institución, pública o privada, que en el ejercicio de su actividad haya destacado en la contribución a la difusión, conocimiento, desarrollo o promoción del sector fundacional.

Segundo. Requisitos y plazo de presentación de las candidaturas.

1. La presentación de las candidaturas deberá reunir los siguientes requisitos:

a) Las candidaturas, que irán dirigidas a la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, se presentarán por las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que las promuevan, de conformidad con lo previsto en los artículos 14.2 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Las candidaturas se ajustarán al modelo normalizado aprobado por la Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se aprueban y publican los formularios normalizados para la tramitación de los Premios Andalucía de Fundaciones (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 96, de 22 de mayo de 2025), que se inserta como anexo a esta orden.

El formulario normalizado, que será de uso obligatorio, se podrá obtener en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía, en la dirección:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25766.html

c) Las candidaturas deberán acompañarse de una memoria justificativa de los méritos y motivos que, a juicio de la persona promotora, avalan la candidatura por referencia a algunos de los criterios de valoración previstos en el artículo 8 del Decreto 96/2025, de 22 de abril.

2. El plazo de presentación será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Composición del jurado y secretaría.

1. De conformidad con el artículo 9 del Decreto 96/2025, de 22 de abril, la valoración de las candidaturas y el fallo de los premios corresponderá a un jurado integrado por:

a) Representantes de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública:

Doña Ana María Corredera Quintana, Viceconsejera de Justicia, Administración Local y Función Pública, que ejercerá la presidencia.

Doña María Teresa Ávila Guisado, Secretaria General de Infraestructuras Judiciales, Modernización Digital y Regeneración.

Doña Rosalía de los Ángeles Espinosa López, Secretaria General de Servicios Judiciales.

Doña María del Carmen Navarro Cruz, Directora General de Planificación, Modernización y Gestión de Fondos.

Don Esteban Rondón Mata, Director General de Justicia Juvenil y Cooperación.

b) Representantes del sector fundacional y personas expertas:

Don Juan Luis Muñoz Escassi, Director Gerente de Asociaciones y Fundaciones Andaluzas (AFA).

Don Francisco Herrera del Pueyo, Vicepresidente de la Fundación Centro Español de Solidaridad de Sevilla (Proyecto Hombre Sevilla).

Don Manuel Pérez Fernández, Vicepresidente de la Fundación Medicamentos Huérfanos y Enfermedades Raras de Sevilla (MEHUER).

Doña Nieves Romero Rodríguez, Directora Gerente del Hospital Universitario Virgen del Rocío.

2. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, los miembros del jurado serán sustituidos del siguiente modo:

a) La persona titular de la presidencia por el miembro del jurado que, perteneciendo a la Administración de la Junta de Andalucía, tenga mayor jerarquía, antigüedad en el órgano y edad, por este orden.

b) Los restantes miembros del jurado representantes de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, según el siguiente orden, por:

Doña María Luisa Ceballos Casas, Secretaria General de Administración Local.

Don Arturo Domínguez Fernández, Secretario General para la Administración Pública.

Don Antonio Parralo Vegazo, Director General de Recursos Humanos y Función Pública.

Don Carlos Mariné Pla, Director General de Sector Público Instrumental.

c) Los miembros del jurado representantes del sector fundacional y las personas expertas, según el siguiente orden, por:

Don José María Luna Aguilar, Director de Actividades Culturales de la Fundación Bancaria Unicaja.

Don Ricardo Galán de Vega, Gerente de la Fundación Ayesa.

Doña Ana Ordóñez Muñoz, responsable del Departamento de Asesoramiento de Asociaciones y Fundaciones Andaluzas (AFA).

Don Armando Rotea Molero, Presidente de la Plataforma Andaluza de Voluntariado.

3. Ejercerá las funciones de secretaría la persona titular de la Coordinación de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, que será sustituida, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, por la persona titular de la jefatura del Servicio de Protectorado de Fundaciones de Andalucía.

Cuarto. Premios.

Los Premios Andalucía de Fundaciones tienen carácter exclusivamente honorífico y su concesión no genera derecho a devengo ni efecto económico alguno. A las fundaciones, entidades, instituciones o personas premiadas se le entregará un diploma acreditativo y un objeto honorífico conmemorativo, en un acto público y convocado al efecto, cuya fecha se determinará en la orden de concesión de los premios, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Régimen jurídico.

La presente convocatoria se rige, además de por esta orden, por el Decreto 96/2025, de 22 de abril .

Sexto. Efectos.

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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