Subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres

 06/06/2025
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Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2025 de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres, en el año 2025 (BOCA de 5 de junio de 2025). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 29 DE MAYO DE 2025 DE LA CONSEJERA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A MUNICIPIOS CON MÁS DE 5.000 HABITANTES Y MANCOMUNIDADES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, CON EL FIN DE IMPULSAR OFICINAS DE ATENCIÓN E INFORMACIÓN A LAS MUJERES, EN EL AÑO 2025.

BDNS (Identif.): 835536.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/835536) BDNS (identif.): 835536.

Primero.- Beneficiarios.

Municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Segundo.- Objeto.

Impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden ISO/09/2024, de 24 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 127, de 2 de julio de 2024.

Cuarto.- Cuantía.

Variable en función al proyecto presentado, con un importe máximo total por cada entidad beneficiaria de 30.000,00 euros en la convocatoria para el año 2025.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Las solicitudes, dirigidas a la señora Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y cumplimentadas y firmadas por el/la representante legal de la entidad, se realizarán en el modelo oficial que se incluye como Anexo I de la convocatoria de la subvención del año 2025, acompañadas de la documentación enumerada en los Artículos 6.5 y 6.6 de la citada Resolución.

Sexto.- Otros datos.

El modelo de solicitud y el resto de modelos complementarios se encontrarán disponibles en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado Atención a la Ciudadanía 012, Ayudas y Subvenciones (http://www.cantabria.es).

Las subvenciones se tramitarán por la Dirección General de Inclusión Social, Familias e Igualdad, órgano directivo adscrito a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

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