Sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos

 16/05/2025
 Compartir: 

Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se modifica la de 15 de octubre de 2024, por la que se actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos (BOE de 16 de mayo de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 12 DE MAYO DE 2025, DE LA PRESIDENCIA DEL COMISIONADO PARA EL MERCADO DE TABACOS, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 15 DE OCTUBRE DE 2024, POR LA QUE SE ACTUALIZA LA SEDE ELECTRÓNICA DEL COMISIONADO PARA EL MERCADO DE TABACOS.

Mediante Resolución, de 15 de octubre de 2024 (BOE de 22 de octubre), de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos, se determinó y actualizó el contenido de la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo , por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Existiendo la necesidad de modificar la dirección de la sede electrónica, debe actualizarse la Resolución, de 15 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, para su publicidad y eficacia, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10.2 y 18.2 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.

De acuerdo con lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 6 del Estatuto del Organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos, aprobado por Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre , y conforme con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo , previo informe favorable de la Comisión Ministerial de Administración Digital, dispongo:

Primero. Modificación de la Resolución, de 15 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos.

Se modifica el apartado segundo, letra b), que tendrá la siguiente redacción:

“b) La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica será: https://sede.cmt.gob.es/”

Segundo. Eficacia.

La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  9. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana