Subvenciones a municipios de menos de 30.000 habitantes para la mejora y equipamiento de las policías locales

 21/04/2025
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Resolución 16/2025, de 11 de abril, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se convocan, para el ejercicio 2025, subvenciones a municipios de menos de 30.000 habitantes para la mejora y equipamiento de las policías locales (extracto) (BOR de 16 de abril de 2025), Texto completo.

RESOLUCIÓN 16/2025, DE 11 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2025, SUBVENCIONES A MUNICIPIOS DE MENOS DE 30.000 HABITANTES PARA LA MEJORA Y EQUIPAMIENTO DE LAS POLICÍAS LOCALES (EXTRACTO)

BDNS. 826910

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https.//www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/748365)

Primero. Objeto.

Convocatoria de las subvenciones correspondientes a la anualidad de 2025 con destino a financiar las inversiones indicadas en los artículos 1 y 4 de la base reguladora.

Segundo. Beneficiarios.

Los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuya población de derecho al 1 de enero de 2024, con arreglo a las cifras oficiales del Instituto Nacional de Estadística, no supere los treinta mil habitantes. Asimismo, deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden reguladora.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden SSG/30/2021, de 4 de junio, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora y equipamiento de las policías locales en municipios con menos de 30.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 111, de 8 de junio).

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total máxima de la subvención será de 100.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 06.02.1312.761.00

Quinto. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

El plazo para presentar las solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

La solicitud estará disponible en la página web del Gobierno de La Rioja en el siguiente enlace:

(https.//www.larioja.org/oficina electronica/esweb=&proc=24715)

La presentación de la solicitud se realizará telemáticamente de acuerdo al modelo del Anexo I de la resolución de convocatoria. Se realizará a través de la OFIVIR, la Oficina Virtual de la Administración Autonómica. El acceso a OFIVIR se localiza en el área de Interior de la ventana Oficina electrónica. trámites, de la página web del Gobierno de La Rioja.

Sexto. Documentación justificativa.

Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación que acredite la realización de la actividad a la que se pretende aplicar la subvención y la siguiente documentación.

a) La plantilla de Policía Local actualizada a fecha de la solicitud. Dicha actualización realizada vendrá acreditada por el correspondiente certificado emitido desde el Ayuntamiento.

b) Contenido técnico del programa con relación de actuaciones previstas para el año 2025 con su coste individual y total.

Séptimo. Procedimiento de concesión.

En régimen de concurrencia competitiva, y se tramitará de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de bases reguladora.

Octavo. Justificación de la subvención.

La justificación de la ayuda concedida se deberá realizar antes del 30 de noviembre de 2025, en los términos establecido en el artículo 12 de la Orden de bases reguladora.

La publicación de este extracto tiene por objeto hacer efectiva la convocatoria para la concesión de las subvenciones, en los términos de la Resolución extractada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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