Subvenciones para la contratación de personal técnico de prevención de conductas adictivas para el desarrollo de un programa de Prevención de Conductas Adictivas

 04/04/2025
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2025, Modalidad A, destinadas a municipios y mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas (DOE de 3 de abril de 2025). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 25 DE MARZO DE 2025, DE LA SECRETARÍA GENERAL, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2025, MODALIDAD A, DESTINADAS A MUNICIPIOS Y MANCOMUNIDADES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE CONDUCTAS ADICTIVAS.

BDNS (Identif.): 823426

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura:

Primero. Objeto.

1. La subvención tiene por objeto la financiación de programas en el área de prevención de conductas adictivas, dentro de los objetivos enunciados por el Plan de Adicciones de Extremadura 2018-2023.

2. Se establecen las dos modalidades de proyectos siguientes:

Modalidad A: Contratación de personal técnico de prevención de conductas adictivas para el desarrollo de un programa de Prevención de Conductas Adictivas con los contenidos que se especifican en la Modalidad B y en su correspondiente ámbito geográfico. El personal técnico contratado tendrá titulación universitaria en el área sociosanitaria o educativa.

Modalidad B: Desarrollo de actividades de prevención de conductas adictivas que podrán consistir en:

- Campañas de sensibilización, información o formación dirigidas a cualquier grupo de población, bien sea a la población en general o a la escolarizada, adultos, padres, profesionales, voluntarios, mediadores, u otros.

- Elaboración y edición de materiales.

- Cualquier otra campaña, actividad o programa cuyos objetivos incidan en la prevención de conductas adictivas.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Podrán solicitar la subvención los municipios y las mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura salvo la capital autonómica y las provinciales cuando se les haya otorgado una subvención en el marco del Plan Nacional sobre Drogas por el Estado. No podrán ser beneficiarios los municipios integrados en una mancomunidad que haya solicitado la subvención.

Tercero. Bases reguladoras.

La convocatoria se regulará por las disposiciones contenidas en los capítulos I y III del Decreto 72/2016, de 31 de mayo por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud. (DOE n.º 107, de 6 de junio de 2016).

Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.

1. Para la anualidad 2025, se destina una cantidad global de 158.560 €, conforme al siguiente detalle:

a) Modalidad A:

- 26.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060566.

- 54.560 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060566.

- 3.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060571.

b) Modalidad B:

- 25.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060566.

- 50.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.46000 y al código de proyecto de gasto 20060566.

2. La cuantía máxima a subvencionar por cada programa no podrá exceder del 15% del crédito global contemplado en la correspondiente convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes, será de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de convocatoria y del presente extracto.

2. Las solicitudes y la documentación exigida se harán conforme a lo establecido en el apartado cuarto de la resolución de convocatoria.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  9. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana