Subvenciones para proyectos de robótica asistencial y sensorización en el marco del subproyecto Salud digital inteligente

 28/03/2025
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Orden EMT/45/2025, de 20 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria de subvenciones para proyectos de robótica asistencial y sensorización en el marco del subproyecto Salud digital inteligente del programa RETECH del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) financiado por el fondo Next Generation EU (DOGC de 27 de marzo de 2025). Texto completo.

ORDEN EMT/45/2025, DE 20 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE ROBÓTICA ASISTENCIAL Y SENSORIZACIÓN EN EL MARCO DEL SUBPROYECTO SALUD DIGITAL INTELIGENTE DEL PROGRAMA RETECH DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) FINANCIADO POR EL FONDO NEXT GENERATION EU

El 3 de agosto de 2022, la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA) invitó a las comunidades autónomas a participar en el programa Redes territoriales de especialización tecnológica (RETECH).

El 14 de octubre de 2022, la Generalitat de Catalunya presentó a la SEDIA la memoria inicial del subproyecto Red de hubs de inteligencia artificial, liderado por Cataluña y en colaboración con la Comunidad Valenciana e Islas Baleares.

El Consejo de Ministros, de fecha 28 de marzo de 2023, a propuesta del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, autorizó el reparto de 258,8 millones de euros para la puesta en marcha de 13 proyectos emblemáticos de transformación digital impulsados por todas las comunidades autónomas dentro del programa RETECH, dotado con una inversión total de 500 millones de euros del Estado y las regiones. La actuación Salud digital inteligente es uno de los 13 proyectos seleccionados.

Por medio de la Resolución de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de fecha 13 de junio de 2023, se autorizó la aportación dineraria a las comunidades autónomas participantes para la ejecución de los proyectos enmarcados en este programa.

En esta distribución de los créditos, la Generalitat de Catalunya, a través de la Secretaría de Políticas Digitales del Departamento de Empresa y Trabajo, ha recibido un total de 3,75 millones de euros del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), financiado por los fondos Next Generation EU, para el desarrollo de la actuación Salud digital inteligente.

La actuación Salud digital inteligente es una red pionera que Cataluña lidera e impulsa junto con el Gobierno de las Islas Baleares y la Generalitat Valenciana y para el cual la Generalitat de Catalunya ha recibido 16,6 millones de euros del PRTR, financiado por los fondos Next Generation EU.

A medida que los cambios demográficos se aceleran, los proyectos orientados a mejorar la autonomía y el bienestar de las personas con dependencia o en estado de fragilidad, especialmente las personas mayores, adquieren más protagonismo y la necesidad de desarrollarlos e impulsarlos se convierte en una labor muy importante para la sociedad.

El actual arsenal de tecnologías biomédicas aplicado a diversos ámbitos del conocimiento ha revelado, a través de la acumulación de grandes cantidades de datos, la extraordinaria variabilidad entre los seres humanos, a nivel genético, bioquímico, fisiológico y conductual, especialmente con respecto a los procesos de la enfermedad y la respuesta al tratamiento. En este contexto, adaptar o “personalizar” las acciones dirigidas a ayudar a las personas no es una opción, sino una necesidad.

Para alcanzar este objetivo, se ha abierto una vía muy prometedora con la aplicación de técnicas de inteligencia artificial (IA) sobre grandes cantidades de datos. Este método permite obtener un modelo a partir de los datos con el cual detectar características relevantes en la población para identificar las singularidades de los individuos. Si bien hay un amplio consenso en que este es el camino hacia las intervenciones personalizadas, se hace evidente de manera inmediata que esta estrategia será tan buena como buena y representativa sea la información de partida, los datos. De poco sirve la explosión de métodos de análisis de datos masivos, si en los datos no está representada la población para la que se quiere desarrollar una intervención o si hay sesgos inadvertidos (género, etnia, cultura...). Las historias clínicas digitales contienen datos e informaciones sobre el estado de salud de las personas obtenidos a lo largo del proceso asistencial. La aplicación de la IA por parte de las empresas y organizaciones asistenciales permite generar nuevo conocimiento aplicable a unos mejores diagnósticos, pronósticos, tratamientos y seguimientos de patologías.

Fuera del entorno asistencial también hay información relevante para la salud de las personas, que proviene de sus entornos, hábitos y actividades cotidianas. Estos datos exógenos permitirían desarrollar el concepto de paciente digital, entendido como un conjunto holístico de datos, modelos e informaciones de salud de la persona que se fundamenta en dos pilares de información: la historia clínica digital (imagen médica, datos clínicos, etc.) y los datos exógenos de salud centrados en los obtenidos de las tecnologías relacionadas con la robótica asistencial y de otros datos exógenos (contexto individual, ejercicio de las actividades de vida diaria (AVD), etc.). Estos robots están pensados para dar apoyo a personas enfermas, discapacitadas o de edad avanzada y les permiten disponer de un cuidado y una supervisión de manera continua.

Para conseguir esto, el proyecto tiene los siguientes objetivos estratégicos:

1. Promover soluciones destinadas al campo del envejecimiento. Reforzar la vida independiente de las personas mayores.

2. Optimizar el sistema sanitario reduciendo costes con estas medidas y generando oportunidades para el desarrollo del tejido empresarial regional.

3. Generar un entorno de desarrollo y creación de robótica asistencial y su software a escala local, aunado mediante métodos que utilicen inteligencia artificial, involucrando a empresas que operan en el territorio.

El proyecto de Salud digital inteligente se alinea con la temática RETECH de salud digital, orientada a la integración de la inteligencia artificial en las cadenas de valor del sector estratégico de la salud, en una actuación transregional escalable, que contribuya a los hitos y objetivos de la Estrategia nacional de inteligencia artificial (componente C16.R1 del Plande recuperación, transformación y resiliencia, hito 251).

El proyecto contribuye en un 100% a la transición digital, y se pueden etiquetar de forma precisa con la etiqueta 09bis (Red española de excelencia en IA).

Visto el Acuerdo de Gobierno de 18 de febrero del 2020, por el que el Gobierno de la Generalitat de Catalunya aprueba la Estrategia de inteligencia artificial de Cataluña.

Visto el Decreto 392/2024, de 15 de octubre , de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo;

Visto el Acuerdo GOV/19/2022, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Plande medidas antifraude en la ejecución de actuaciones financiadas en el marco de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en la Generalitat de Catalunya;

Vistas la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre , por la que se configura el sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre , por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plande recuperación, transformación y resiliencia;

Visto el Real decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre , por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia;

Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia;

Visto el objetivo de respetar los coeficientes establecidos por la Comisión Europea para el etiquetado digital, el 100% del presupuesto de estas ayudas se destina a la transición digital, de acuerdo con la información recogida en los documentos del Gobierno de España para los componentes 12 y 16 del PRTR, y de acuerdo con el campo021 quarter “Inversión en tecnologías avanzadas [...]” correspondiente al campo de intervención 6: “Inversión en capacidades digitales y despliegue de tecnologías avanzadas. Dimensión 4 del DESI: Integración de tecnologías digitales + recopilación de datos ad hoc”, enmarcado en el anexo VII del Reglamento (UE) 2021/241, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia;

Vista la información recogida en el documento de la comisión de análisis del Plande recuperación, transformación y resiliencia de España (SWD(2023) 326 final) para estas actuaciones financiadas mediante el componente 12, inversión 1, y el componente 16 del PRTR, que no cuentan con contribución climática;

Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, y, en particular, la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como lo requerido en la Decisión de ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plande recuperación, transformación y resiliencia de España, todas las actuaciones financiadas que se lleven a cabo en cumplimiento de la presente orden, deben respetar el denominado principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH, por sus siglas en inglés, do no significant harm);

Visto el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías, DOUE L 187/1, de 26.6.2014);

Visto el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis;

Visto lo previsto en el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, y su Reglamento de despliegue, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio ;

Visto que esta actuación está prevista en el Plan estratégico de subvenciones con el código PES25-28_EMT0018 y que contribuye a la consecución del objetivo de fomentar el progreso del país mediante una economía digital y digitalizada, basada en el talento, la innovación, el emprendimiento y la circularidad, previsto en el eje “Por un país basado en una economía del conocimiento, digital y emprendedora”.

Visto el Decreto 271/2019, de 23 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento del Registro de subvenciones y ayudas de Cataluña.

Visto el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba el texto íntegro;

Vista la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio , sobre las formas de justificación de subvenciones y la modificación aprobada por la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio;

Vista la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas;

Vista la Ley 26/2010 , del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

Vista la Ley 19/2014, de 29 de diciembre , de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, que regula la transparencia de la actividad pública y el derecho de las personas a acceder a la información y la documentación pública, y el Decreto 8/2021, de 9 de febrero , sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública;

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada del Departamento de Empresa y Trabajo;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre ,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases generales y específicas para cada línea de subvención, que deben regir la convocatoria de subvenciones para proyectos de robótica asistencial y sensorización en el marco del subproyecto Salud digital inteligente del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) financiado por el fondo Next Generation EU, según se indica en los siguientes:

Anexo 1. Bases generales

Anexo 2. Bases específicas para la línea 1 (proyectos de robótica asistencial)

Anexo 3. Bases específicas para la línea 2 (proyectos de sensorización)

Anexo 4. Principios éticos y reglas de conducta

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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