Subvenciones para equipamiento de locales culturales, destinadas a Entidades Locales

 27/02/2025
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Resolución 121/2025, de 18 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para equipamiento de locales culturales, destinadas a Entidades Locales de La Rioja (extracto) (BOR de 26 de febrero de 2025) Texto completo.

RESOLUCIÓN 121/2025, DE 18 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EQUIPAMIENTO DE LOCALES CULTURALES, DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES DE LA RIOJA (EXTRACTO)

BDNS: 811876

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/811876)

Primero. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones las Entidades Locales de La Rioja.

Segundo. Objeto.

El fomento, mediante la financiación de los gastos de capital, de la adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable destinado a locales culturales.

Se consideran inventariables aquellos bienes directamente relacionados con los fines generales de las entidades beneficiarias, que tengan un periodo de utilización superior al ejercicio y la posibilidad de identificación individual, para su inclusión en el inventario de bienes de aquellas.

La concesión de subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva.

Las entidades solicitantes solo podrán presentar una única solicitud.

El plazo de adquisición del equipamiento que podrá ser subvencionado, será el comprendido entre el 16 de octubre de 2024 y el 17 de octubre de 2025.

Tercero. Bases reguladoras.

Títulos II y IV de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural (Boletín Oficial de La Rioja número 92, de 27 de julio de 2020).

Cuarto. Cuantía.

El gasto para la financiación de estas ayudas asciende a una cuantía total de doscientos cuarenta y seis mil quinientos euros (246.500 euros), imputado a la siguiente partida presupuestaria:

2025/070201.3311.761.00 - 246.500 euros

Estas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de 12.000 euros. Por su parte, el importe máximo que se podrá consideran como gasto subvencionable será de 15.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01647) de la página web del Gobierno de La Rioja.

Solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en el apartado de Oficina Electrónica (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01647), de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los trámites del procedimiento se desarrollarán de forma telemática.

Documentación: La prevista en el apartado cuarto de la Resolución 121/2025, de 18 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para equipamiento de locales culturales, destinadas a Entidades Locales de La Rioja.

Justificación: En lo referente a la justificación del gasto derivado del equipamiento subvencionado, deberá presentarse exclusivamente de forma electrónica desde el procedimiento iniciado con la solicitud, y conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural.

Para ser beneficiario de estas subvenciones es requisito imprescindible hacer constar en toda información, publicidad y publicación, que el equipamiento adquirido está subvencionado por el Gobierno de La Rioja, según establece el artículo 11 de la Orden EDC/43/2020, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de promoción cultural.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará el 17 de octubre de 2025.

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