Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020

 27/02/2025
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Orden AGR/162/2025, de 18 de febrero, por la que se modifica la Orden AYG/177/2016, de 8 de marzo, por la que se establecen criterios comunes de asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local, en el marco de la metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y se regulan criterios de selección de proyectos (BOCYL de 26 de febrero de 2025). Texto completo.

ORDEN AGR/162/2025, DE 18 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AYG/177/2016, DE 8 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECEN CRITERIOS COMUNES DE ASIGNACIÓN DE FONDOS PÚBLICOS DESTINADOS A LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL, EN EL MARCO DE LA METODOLOGÍA LEADER DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA Y LEÓN 2014-2020 Y SE REGULAN CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS.

Con fecha 11 de marzo de 2016, se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León la Orden AYG/177/2016, de 8 de marzo, por la que se establecen los criterios comunes para la asignación de fondos públicos destinados a las estrategias de desarrollo local en el marco de la metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y se regularon los criterios de selección de los proyectos, modificada posteriormente por la Orden AYG/260/2016 de 7 de abril; por la Orden AGR/168/2020, de 19 de febrero; por la Orden AGR/507/2021, de 27 de abril y finalmente por la Orden AGR/1602/2022, de 17 de noviembre.

En ella se regula el modo en que se llevará a cabo la asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local aprobadas en Castilla y León en aplicación de la metodología LEADER, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 estableciéndose a través de las sucesivas modificaciones de la referida Orden, una primera asignación inicial de fondos públicos, así como la posibilidad de una segunda y tercera asignación por eficacia en la ejecución de la Estrategia y asignaciones adicionales específicas.

En la Orden AGR/1602/2022, de 17 de noviembre, se estableció, el 31 de diciembre de 2023, como fecha límite para que los Grupos de Acción Local, que cumplieran determinadas condiciones, pudieran solicitar la autorización para la tramitación y la consiguiente dotación de fondos públicos adicionales, para proyectos presentados con cargo a la convocatoria con informe técnico económico favorable por parte del equipo técnico del Grupo de Acción Local.

Así mismo, dicha orden estableció el 30 de noviembre de 2024, como fecha límite para que los Grupos de Acción Local pudieran adjudicar los remanentes procedentes de fondos comprometidos, a disposición del grupo como consecuencia de bajas de expedientes (por renuncias o desistimientos) y certificaciones a la baja, a otros expedientes de su mismo territorio.

Por Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias se procedió a asignar el disponible de fondos de las estrategias entre los proyectos que habían solicitado asignación adicional, atendiendo todas las solicitudes realizadas por los grupos con anterioridad al 31 de diciembre de 2023.

Teniendo en cuenta que, en la actualidad existen solicitudes de ayuda para las que no se solicitó asignación adicional específica que, a su vez, no han podido ser atendidas con los remantes de fondos de los propios grupos y que hasta el 31 de agosto de 2025, fecha límite para la justificación de operaciones con cargo a las Estrategias de Desarrollo Local, se seguirán produciendo remanentes de fondos por renuncias, desistimientos o certificaciones a la baja, se considera necesario habilitar un nuevo periodo para solicitar asignaciones adicionales de fondos públicos, con el fin de garantizar una ejecución más eficiente de la financiación pública.

La Autoridad de Gestión ha informado favorablemente la presente orden, en lo que respecta al cumplimiento de lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.

En su virtud, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la ORDEN AYG/177/2016, de 8 de marzo, por la que se establecen criterios comunes de asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local, en el marco de la metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y se regulan criterios de selección de proyectos.

El artículo 6 de la Orden AYG/177/2016, de 8 de marzo, por la que se establecen criterios comunes de asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local, en el marco de la metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y se regulan criterios de selección de proyectos, queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 6. Asignaciones adicionales específicas.

1. Hasta el 21 de marzo de 2025, aquellos Grupos de Acción Local que cuenten con solicitudes de ayuda no resueltas, presentadas al amparo de las convocatorias de ayudas realizadas en el marco de la medida 19 LEADER del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y que dispongan de informe técnico económico favorable por parte del equipo técnico del Grupo de Acción Local, podrán solicitar la autorización para continuar con la tramitación de estas solicitudes y obtener asignación adicional específica de nuevos fondos a la Estrategia.

2. Las asignaciones especificas se solicitarán y serán aprobadas por parte de la Dirección General competente en materia de diversificación rural en colaboración con los Grupos de Acción Local, a la vez que se resuelven las solicitudes de subvencionalidad correspondientes y se podrán realizar de forma sucesiva para conseguir un uso más eficiente de la financiación pública.

3. Su aprobación deberá contar con la conformidad de la autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural y podrá incorporar además fondos públicos para gastos de funcionamiento, siempre y cuando el Grupo de Acción Local lo solicite. En todo caso la aprobación dependerá en última instancia de la disponibilidad financiera del Programa de Desarrollo Rural.

4. La resolución de aprobación de asignación adicional priorizará las solicitudes de ayuda correspondientes a proyectos de naturaleza productiva frente a los no productivos con independencia de la fecha de registro de la solicitud.

5. En cualquiera de los supuestos anteriores, la asignación de fondos será notificada al representante del Grupo de Acción Local, responsable de la Estrategia aprobada.”

Disposición final. Producción de efectos.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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