Ayudas en materia de proyectos de despliegue del Plan de Salud Comunitat Valenciana en sus municipios

 20/02/2025
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Extracto de la Resolución de 7 de febrero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas en materia de proyectos de despliegue del Plan de Salud Comunitat Valenciana en sus municipios (DOGV de 19 de febrero de 2025). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 7 DE FEBRERO DE 2025, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EN MATERIA DE PROYECTOS DE DESPLIEGUE DEL PLAN DE SALUD COMUNITAT VALENCIANA EN SUS MUNICIPIOS.

BDNS (identif.): 814996.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/814996

Mediante la Orden 1/2019, de 28 de febrero, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a promover proyectos relacionados con la Salud Pública en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana n.º 8503, de 11 de marzo de 2019.

Objeto

El objeto de la presente resolución es convocar las ayudas en materia de proyectos de despliegue del Plan de Salud de la Comunitat Valenciana en sus entidades locales para 2025 que se regularán por lo establecido en la Orden 1/2019, publicada en el DOGV n.º 8503, del 11.03.2019.

Y en especial, proyectos formativos orientados a la adquisición de competencias de las personas integrantes de los espacios de participación, proyectos dirigidos a la implementación y progresión en las diferentes etapas de XarxaSalut, así como proyectos de evaluación del impacto en salud de las políticas municipales.

Entidades solicitantes

1. Según el artículo 25 de la Orden 1/2019, podrán solicitar las subvenciones las entidades locales de la Comunitat Valenciana que propongan el desarrollo de proyectos relacionados con el despliegue del Plan de Salud de la Comunitat Valenciana.

2. Las entidades locales, además de los requisitos generales establecidos en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en la Orden 1/2019, deberán estar adheridas a XarxaSalut, acreditando así su compromiso de desarrollar las acciones de promoción de la salud local enmarcadas en el vigente Plan de Salud de la Comunitat Valenciana.

3. Aquellas entidades locales cuyos fines, sistema de admisión, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres no podrán ser beneficiarias de la subvención.

4. Asimismo, deberán cumplir las previsiones contenidas en la Ley 9/2003, de 2 de abril , de la Generalitat, de igualdad entre mujeres y hombres, y en la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo , para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en relación con el plan de igualdad cuando por la legislación de aplicación les sea exigible.

Plazo

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La solicitud de subvención se realizará exclusivamente por vía telemática en el Registro Electrónico de la Generalitat, mediante acceso al correspondiente trámite electrónico en http://sede.gva.es o a través del enlace https://www.san.gva.es/es/web/ayudas-y-subvenciones

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