EXTRACTO DE LA ORDEN DE 29 DE ENERO DE 2025 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE AYUDAS A ENTIDADES LOCALES DE GALICIA PARA LA APLICACIÓN DE SOLUCIONES BASADAS EN LA NATURALEZA ORIENTADAS A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS ASOCIADOS AL CAMBIO CLIMÁTICO EN ESPACIOS URBANOS Y PERIURBANOS (PROGRAMA GALICIA REFUGIO CLIMÁTICO), Y SE CONVOCAN, MEDIANTE TRAMITACIÓN ANTICIPADA DE GASTO, PARA EL AÑO 2025 (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO MT975Y).
BDNS (Identif.): 811922.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarios de esta subvención los ayuntamientos de Galicia, de forma individual.
Segundo. Objeto y período subvencionable
1. Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria pública para el año 2025 de la concesión de ayudas para la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos (Programa Galicia refugio climático), para el año 2025 (código de procedimiento MT975Y).
Su finalidad es colaborar con los ayuntamientos gallegos para fomentar actividades que contribuyan al impulso de la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes, para incrementar la biodiversidad, mejorar su conservación, la adaptación al cambio climático, la mejora de la calidad ambiental y la creación de espacios saludables.
2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
3. El período subvencionable será, con carácter general, el comprendido entre el día de publicación de la presente convocatoria en el DOG y el 17 de noviembre de 2025, ambos inclusive.
Tercero. Proyectos subvencionables
1. Serán subvencionables los proyectos que integren las siguientes actuaciones:
Proyectos tipo A. Intervenciones en espacios públicos orientados a atenuar el efecto isla de calor urbano:
a) Sombreado natural de calles y plazas, con especial preferencia de utilización de especies autóctonas.
b) Reducción de impermeabilidad del suelo.
c) Creación de microclimas con láminas de agua.
Proyectos tipo B. Incremento de la biodiversidad urbana y aumento de zonas verdes urbanas:
a) Implantación de jardines verticales.
b) Cubiertas verdes en infraestructura urbana.
c) Restauración y rehabilitación de zonas húmedas.
Proyectos tipo C. Mejora de la infraestructura urbana verde y azul:
a) Restauración de trechos urbanos de ríos.
b) Mejora de la conectividad natural entre el medio urbano y periurbano.
2. Los proyectos serán completos y de fase única, susceptibles de su puesta en servicio inmediata como consecuencia directa de la ejecución del proyecto subvencionado. En ningún caso se admitirán fases de proyectos.
Un proyecto podrá incluir, en su caso, alguna actuación correspondiente a otro tipo de proyecto. En este sentido, el tipo de proyecto (A, B o C) se clasificará por el ayuntamiento solicitante, teniendo en cuenta las actuaciones que más peso económico tengan.
Cuarto. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 29 de enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a entidades locales de Galicia para la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos (programa Galicia refugio climático), y se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2025 (código de procedimiento MT975Y).
Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas
Las subvenciones se financiarán con un crédito total de 2.000.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.02.541E.760.1, código de proyecto 2025 00029 (impulso al desarrollo de la infraestructura verde), de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025.
El importe máximo de la subvención será del 80 % de la inversión subvencionable aceptado de cada proyecto, con el límite máximo de 60.000 € por proyecto, hasta el agotamiento del crédito consignado.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se podrán presentar desde las 12.00 horas del séptimo día natural siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el día 31 de marzo de 2025.
Séptimo. Otros datos
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal (código de procedimiento MT975Y).
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