Subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida

 07/02/2025
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Extracto de la Orden de 3 de enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas parcialmente por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (códigos de procedimiento SI436A, SI435A y SI427B) (DOG de 6 de febrero de 2025). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 3 DE ENERO DE 2025 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD, DE FORMA INDIVIDUAL Y MEDIANTE EL SISTEMA DE GESTIÓN COMPARTIDA, COFINANCIADAS PARCIALMENTE POR LA UNIÓN EUROPEA EN EL MARCO DEL PROGRAMA FSE+ GALICIA 2021-2027, Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2025 (CÓDIGOS DE PROCEDIMIENTO SI436A, SI435A Y SI427B).

BDNS (Identif.): 812852.

De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta orden los ayuntamientos, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia y los consorcios locales de Galicia, constituidos exclusivamente por ayuntamientos, así como las entidades resultantes de una fusión municipal, siempre que reúnan los demás requisitos y condiciones establecidas en las bases reguladoras.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto apoyar y promover el desarrollo de medidas y actuaciones para la promoción de la igualdad en el ámbito local, a través de los siguientes programas:

a) Programa Plan Corresponsables en el ámbito local (SI436A).

b) Programa de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y tratamiento de la violencia de género, en adelante, Programa de promoción de la igualdad y prevención de la violencia de género (SI435A).

c) Programa de apoyo a los centros de información a la mujer, en adelante, Programa de apoyo a los CIM (SI427B).

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 3 de enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas parcialmente por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (códigos de procedimiento SI436A, SI435A y SI427B).

Cuarto. Importe

1. A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina un crédito por un importe total de doce millones doscientos dos mil ochocientos noventa y un euros (12.202.891 €) distribuidos en tres programas y, en uno de ellos, en dos anualidades, que se imputarán a las aplicaciones presupuestarias siguientes:

Tabla omitida.

2. Las cuantías máximas de las ayudas en los diferentes programas son las siguientes:

a) Programa Plan Corresponsables en el ámbito local: la cuantía máxima de la ayuda será de 55.000 euros, cuando se trate de una solicitud individual, y de 120.000,00 euros, en caso de que se trate de una solicitud para la gestión compartida o de una entidad resultante de fusión de ayuntamientos.

b) Programa de promoción de la igualdad y prevención de la violencia de género: la cuantía máxima de la ayuda será de 15.000 euros, cuando se trate de una de solicitud individual, y de 28.000 euros, en caso de que se trate de una solicitud para la gestión compartida o de una entidad resultante de fusión de ayuntamientos.

c) Programa de apoyo a los centros de información a la mujer (CIM): la cuantía total máxima de ayuda es de 52.000 euros, en caso de que se trate de una solicitud individual, y de 120.000 euros, en caso de que se trate de una solicitud para la gestión compartida o de una entidad resultante de una fusión de ayuntamientos.

Las ayudas del programa SI436A están financiadas con fondos finalistas del Estado del Plan Corresponsables; las ayudas del programa SI427B están financiadas con fondos propios libres de la Comunidad Autónoma de Galicia y las ayudas del programa SI435A están cofinanciadas en un 60 % por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027 en el objetivo político 4: Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales; prioridad 2: Inclusión social y lucha contra la pobreza; objetivo específico ES04.8: Fomentar la inclusión activa con el objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos y medida 2.H.03: Programa de atención a mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

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