EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 30 DE DICIEMBRE DE 2024, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PLANES FORMATIVOS DE ENTIDADES LOCALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS AFEDAP 2025.
BDNS (Identif.): 806548.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/806548).
Primero.-Beneficiarios:
Ayuntamientos y demás Entidades Locales del Principado de Asturias reconocidas en el art. 3 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local y la Federación Asturiana de Concejos y las Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales, legalmente constituidas (Dis. adic. 5.ª Ley 7/1985 , reguladora de las Bases de Régimen Local).
Segundo.-Objeto:
Concesión de subvenciones destinadas a la financiación de Planes de Formación en la Administración Local del Principado de Asturias en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Pública (AFEDAP) durante el ejercicio 2025.
Tercero.-Bases Reguladoras:
Resolución de 25 de mayo de 2016 de la Consejería de Hacienda y Sector Público, publicadas en el BOPA n.º 139 de 16 de junio de 2016.
Resolución de 30 de diciembre de 2024 de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones.
Cuarto.-Importe de las Subvenciones:
Asciende a 234.670,00 €.
Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes:
15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Resolución en el BOPA cumplimentándose de forma electrónica a través del portal FEDAP: https://fedap-asturias.inap.es
Sexto.-Plazo de justificación de la subvención:
Hasta el 17 de diciembre de 2025.
Séptimo.-Pago de la subvención se podrá hacer en dos partidas: el 60% una vez acreditado el inicio de la actividad formativa por parte del promotor y el 40% restante una vez finalizada y justificada dicha actividad formativa.
Octavo.-En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio para las Subvenciones para Planes de Formación en la Administración Local del Principado de Asturias en el marco del acuerdo de Formación para las Administraciones Públicas (AFEDAP 2025),que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0194T01 buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, en el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud).
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