EXTRACTO DE LA ORDEN DE 16 DE DICIEMBRE DE 2024 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y MEJORA DE LOS ÁRBOLES Y FORMACIONES INCLUIDOS EN EL CATÁLOGO GALLEGO DE ÁRBOLES SINGULARES, Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2025 DESTINADAS A LAS ENTIDADES LOCALES (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO MT804B).
BDNS (Identif.): 806297.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio):
Primero. Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias las entidades locales, propietarias de elementos incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares en la fecha de publicación de esta orden. También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de entidades locales (agrupación, asociación, mancomunidad, consorcio, fusión o cualquier otra similar).
Segundo. Objeto
Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas para actuaciones encaminadas a la conservación, protección y mejora de los árboles y formaciones incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares regulado por el Decreto 67/2007, de 22 de marzo , así como proceder a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento MT804B) destinadas a las entidades locales.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 16 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación, protección y mejora de los árboles y formaciones incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares, y se convocan para el año 2025 destinadas a las entidades locales (código de procedimiento MT804B).
Cuarto. Cuantía
El importe asignado es de treinta mil euros (30.000,00 €), sin perjuicio del incremento presupuestario que se pueda realizar con remanentes adicionales de acuerdo con las disponibilidades de crédito. En todo caso, las concesiones se limitarán a las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la orden.
Sexto. Otros datos
Las ayudas a que se refiere esta orden comprenden los gastos subvencionables recogidos en el artículo 2 que hayan sido realizados desde la certificación de no inicio hasta el 15 de octubre de 2025.
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