Modelo 190

 18/12/2024
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Orden Foral 108/2024, de 18 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda por la que se modifica la Orden Foral 3/2018, de 8 de enero, del consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 190, "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades empresariales y profesionales, premios y determinadas imputaciones de renta" (BON de 17 de diciembre de 2024). Texto completo.

ORDEN FORAL 108/2024, DE 18 DE NOVIEMBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 3/2018, DE 8 DE ENERO, DEL CONSEJERO DE HACIENDA Y POLÍTICA FINANCIERA, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 190, "RESUMEN ANUAL DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DE DETERMINADAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA".

La Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre , de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias modifica el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, entre otras normas.

En concreto, el artículo primero, apartado seis, de la citada ley foral añade un párrafo en el artículo 55.1. 7.º a) b’).1.º del Texto Refundido para incorporar un límite máximo de reducción de 4.250 euros sobre la base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas por contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador a seguros colectivos que instrumenten compromisos por pensiones que no incorporen a todos los trabajadores de la empresa.

El adecuado control de este límite máximo exige que estas contribuciones se declaren de forma separada en el modelo 190. Para ello, se modifica la Orden Foral 3/2018, de 8 de enero , por la que se aprueba el modelo 190, "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades empresariales y profesionales, premios y determinadas imputaciones de renta". En concreto, se añaden en los diseños de registro de tipo 2 (Registro de percepción) del anexo II, las subclaves "01" y "02" a utilizar para la clave de percepción "Z".

Asimismo, esta orden foral tiene por objeto adaptar los diseños lógicos a los que deben ajustarse los ficheros que se generen para la presentación electrónica del modelo 190 a la calificación de las rentas bajo normativa foral, así como suprimir determinados campos que solo son aplicables de acuerdo con la normativa del Estado.

Por último, se extiende la obligación de declarar sobre los premios, referidos en el artículo 64.2.c) del Reglamento del IRPF, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo , que no están sujetos a retención o ingreso a cuenta por ser de importe igual o inferior a 300 euros. La finalidad es evitar perder información sobre estos premios, que no encuentran su encaje en ninguna declaración informativa, para así poder informar correctamente al contribuyente de la percepción de esta ganancia patrimonial en los datos fiscales necesarios para la confección de su declaración anual del Impuesto sobre la Renta.

El ejercicio de la potestad reglamentaria desarrollada mediante esta orden foral se ajusta a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia establecidos en la Ley Foral 11/2009, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral.

Por todo ello, en virtud de la habilitación conferida en el artículo 90.5 del Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas,

ORDENO:

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 3/2018, de 8 de enero , del consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 190, "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades empresariales y profesionales, premios y determinadas imputaciones de renta".

El anexo II de la Orden Foral 3/2018, de 8 de enero , se modifica en los siguientes términos:

Uno.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de percepción), posiciones 76-77, campo "CÓDIGO PROVINCIA", adición de dos párrafos al final de la descripción del campo:

"Supuesto especial.-Tratándose de percepciones correspondientes a contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas con residencia habitual en el extranjero, a los que se refiere el artículo 10, segundo párrafo, del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto (personas físicas de nacionalidad española que, habiendo estado sometidas a la normativa foral navarra, acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio considerado como paraíso fiscal), se consignarán como código de provincia los dígitos 98.

En ningún caso se incluirán en el modelo 190 percepciones correspondientes a personas o entidades no residentes en territorio español que no sean contribuyentes del IRPF, sin perjuicio de la inclusión, en su caso, de la información correspondiente a dichas percepciones en la declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de no residentes (modelo 296)".

Dos.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de percepción), posición 78, campo "CLAVE DE PERCEPCIÓN", modificación de la descripción de las claves "F", "G", "I" y "K".

Tabla omitida.

Tres.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de percepción), posiciones 79-80, campo "SUBCLAVE", supresión de la subclave "02" de la clave de percepción "F".

Cuatro.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de percepción), posiciones 79-80, campo "SUBCLAVE", supresión de la subclave "03" y adición de una clave "09" en la clave de percepción "G".

Tabla omitida.

Cinco.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de percepción), posiciones 79-80, campo "SUBCLAVE", modificación de la subclave "33" a utilizar para clave de percepción "L".

Tabla omitida.

Seis.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de percepción), posiciones 79-80, campo "SUBCLAVE", adición de las subclaves "01" y "02" a utilizar para clave de percepción "Z".

Tabla omitida.

Siete.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de percepción), posición 152, campo "CEUTA O MELILLA", modificación de la descripción del campo.

Tabla omitida.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y será aplicable por primera vez a las declaraciones que se presenten a partir de 1 de enero de 2025, en relación con la información correspondiente al año 2024.

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