Modelo 345

 18/11/2024
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Orden Foral 95/2024, de 15 de octubre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 111/2022, de 25 de octubre, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 345 de "Declaración informativa. Planes, Fondos de Pensiones y Sistemas Alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes Individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones" (BON de 15 de noviembre de 2024). Texto completo.

ORDEN FORAL 95/2024, DE 15 DE OCTUBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 111/2022, DE 25 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 345 DE "DECLARACIÓN INFORMATIVA. PLANES, FONDOS DE PENSIONES Y SISTEMAS ALTERNATIVOS. MUTUALIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL, PLANES DE PREVISIÓN ASEGURADOS, PLANES INDIVIDUALES DE AHORRO SISTEMÁTICO, PLANES DE PREVISIÓN SOCIAL EMPRESARIAL Y SEGUROS DE DEPENDENCIA. DECLARACIÓN ANUAL PARTÍCIPES, APORTACIONES Y CONTRIBUCIONES".

La Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre , de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias modifica el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, entre otras normas.

En concreto, el artículo primero, apartado seis, de la citada ley foral añade un párrafo en el artículo 55.1. 7.ºa).b’).1.º del Texto Refundido para incorporar un límite máximo de reducción de 4.250 euros sobre la base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas por contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador a seguros colectivos que instrumenten compromisos por pensiones que no incorporen a todos los trabajadores de la empresa.

El adecuado control de este límite máximo exige que estas contribuciones o aportaciones se declaren de forma separada en el modelo 345. Para ello, se modifica el anexo de diseños lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación electrónica del modelo 345 de la Orden Foral 111/2022, de 25 de octubre .

En particular, en los diseños de registro de tipo 2, registro de declarados, en la clave de percepción "J", se modifica el campo de la subclave "01" y se añade la subclave "05". Además, se modifica el campo de la posición 271 y el campo de "Datos identificativos del empleador que sea promotor o tomador del sistema de previsión social" de las posiciones 272-320.

Asimismo, con el propósito de mejorar la calidad de la información fiscal derivada del citado modelo, se modifican los diseños de registro de tipo 2, registro de declarados, en particular, el campo "Clave" (posición 82), clave C.-Contribuciones deducibles del promotor, y el campo "Subclave" (posiciones 83- 84), Subclaves a utilizar en las contribuciones correspondientes a la clave C, subclave 02.

El objetivo perseguido es tratar de evitar posibles duplicidades a la hora de obtener la información sobre planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores por cuenta propia o autónomos previstos en las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 67 del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, que únicamente deberán ser declarados por sus respectivas entidades gestoras, y no por sus promotores.

El ejercicio de la potestad reglamentaria desarrollada mediante esta orden foral se ajusta a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia establecidos en la Ley Foral 11/2009, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral.

Por todo ello, en virtud de la disposición final cuarta de la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre , de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, que habilita al Gobierno de Navarra a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de dicha Ley Foral, y, de conformidad con la habilitación general conferida en el artículo 62.23 del Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo ,

ORDENO:

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 111/2022, de 25 de octubre , de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 345 de "Declaración informativa. Planes, Fondos de Pensiones y Sistemas Alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes Individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones".

El anexo de la Orden Foral 111/2022 se modifica en los siguientes términos:

Uno.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de declarados), posición 82, campo "CLAVE", modificación de la descripción de la clave "C":

Tabla omitida.

Dos.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de declarados), posiciones 83-84, campo "SUBCLAVE", modificación de la descripción de la subclave "02" en la clave de percepción "C":

Tabla omitida.

Tres.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de declarados), posiciones 83-84, campo "SUBCLAVE", modificación de la descripción de la subclave "01" en la clave de percepción "E".

Tabla omitida.

Cuatro.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de declarados), posiciones 83-84, campo "SUBCLAVE", modificación de la descripción de la subclave "01" y adición de una subclave "05" en la clave de percepción "J".

Tabla omitida.

Quinto.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de declarados), posición 271, campo "RENDIMIENTOS ÍNTEGROS DEL TRABAJO NO SUPERIORES A 60.000 EUROS", modificación de la descripción del campo.

Tabla omitida.

Sexto.-Diseños de registro de tipo 2 (Registro de declarados), posiciones 272-320, campo "DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMPLEADOR QUE SEA PROMOTOR O TOMADOR DEL SISTEMA DE PREVISIÓN SOCIAL", modificación de la descripción del campo.

Tabla omitida.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y será aplicable por primera vez a las declaraciones que se presenten a partir de 1 de enero de 2025, en relación con la información correspondiente al año 2024.

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