Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos

 30/10/2024
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Orden de 8 de octubre de 2024, por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible para la concesión de ayudas reguladas en la Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (línea 1, sublínea 1.1) (BOJA de 29 de octubre de 2024). Texto completo.

ORDEN DE 8 DE OCTUBRE DE 2024, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL AUMENTO DE CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS REGULADAS EN LA ORDEN DE 8 DE MARZO DE 2024, DE LA CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍA AZUL, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2024 AL AMPARO DE LA ORDEN DE 4 DE SEPTIEMBRE DE 2023, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A PROYECTOS DE IMPLANTACIÓN, AMPLIACIÓN O MEJORA DE LA RECOGIDA SEPARADA DE BIORRESIDUOS DESTINADOS A INSTALACIONES ESPECÍFICAS DE TRATAMIENTO BIOLÓGICO, DENTRO DEL PLAN DE APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMATIVA DE RESIDUOS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXTGENERATIONEU (LÍNEA 1, SUBLÍNEA 1.1).

Con fecha 2 de abril de 2024, se publica en el BOJA núm. 63 la Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (línea 1, sublínea 1.1).

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y estudiados los proyectos propuestos por los beneficiarios, se constata la existencia de un déficit de crédito disponible, sobre el comprometido inicialmente en la convocatoria.

El resuelvo segundo, punto 4, letra c), de la Orden de 8 de marzo de 2024 antes citada, establece que “Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. La declaración del aumento del crédito se publicará por quien lleva a cabo la convocatoria y por el mismo medio que ésta, sin que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución correspondiente”.

Teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito, y con el objeto de atender el mayor número de solicitudes posibles en esta línea de ayuda, promoviendo los proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, se considera conveniente incrementar el importe convocado, no siendo necesario para ello dictar una nueva convocatoria.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, considerando oportuno modificar el crédito máximo disponible de la convocatoria 2024 para la concesión de las ayudas previstas al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023 referenciada, y en ejercicio de la competencia que me confiere el Decreto 170/2024, de 26 de agosto , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Dar publicidad y en los mismos medios utilizados para la convocatoria, al aumento de crédito disponible por un importe adicional de 4.491.346,27 euros en línea de subvención dirigida a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (línea 1, sublínea 1.1), con cargo a la partida presupuestaria que se detalla a continuación, sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, y sin que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tabla omitida.

Segundo. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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