Marisqueo en inmersión

 22/10/2024
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Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se modifica y se publica el formulario Anexo V de la Orden de 5 de diciembre de 2021, por la que se regula la modalidad de marisqueo en inmersión en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 21 de octubre de 2024). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE OCTUBRE DE 2024, POR LA QUE SE MODIFICA Y SE PUBLICA EL FORMULARIO ANEXO V DE LA ORDEN DE 5 DE DICIEMBRE DE 2021, POR LA QUE SE REGULA LA MODALIDAD DE MARISQUEO EN INMERSIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.

La Orden de 5 de diciembre de 2021, por la que se regula la modalidad de marisqueo en inmersión en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 241, de 17.12.2021), establece el procedimiento para solicitar y renovar las licencias de marisqueo en inmersión.

Conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre , de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre , de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, resulta necesario la adecuación y actualización del formulario de solicitud Anexo V asociado a la Orden de 5 de diciembre de 2021, así como su publicación.

En consecuencia y de acuerdo con la competencia recogida en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto,

RESUELVO

Primero. Modificación y publicación del formulario.

1. Modificar y publicar el modelo normalizado de solicitud de renovación de licencia de marisqueo en inmersión de Andalucía, anexo a la presente orden.

2. Además de en la presente orden, este formulario está disponible con el código de procedimiento 22449, a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Administración General de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/22449.html

Segundo. Efectos.

La presente orden surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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