Subvenciones para la financiación de planes de formación

 18/10/2024
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Orden EMT/212/2024, de 14 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras que tienen que regir la convocatoria para la concesión de subvenciones para la financiación de planes de formación del ámbito de Cataluña, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva (DOGC de 17 de octubre de 2024). Texto completo.

ORDEN EMT/212/2024, DE 14 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE TIENEN QUE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN DEL ÁMBITO DE CATALUÑA, DIRIGIDOS A LA CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES RELACIONADAS CON EL DIÁLOGO SOCIAL Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.

La Ley 30/2015, de 9 de septiembre , por la cual se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, establece, en el artículo 6.8, que se tiene que destinar la cuantía que anualmente establezca la Ley de presupuestos generales del Estado a la financiación de las acciones dirigidas a la capacitación para el ejercicio de las funciones relacionadas con la negociación colectiva y el diálogo social.

El Real decreto 694/2017, de 3 de julio , que desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre , regula, en la disposición adicional cuarta, la financiación de las acciones formativas dirigidas a la formación de los agentes sociales en las funciones relacionadas con la negociación colectiva y el diálogo social.

Consecuencia del conflicto positivo de competencia interpuesto por la Generalitat de Catalunya, el Tribunal Constitucional, mediante la Sentencia 71/2018, de 21 de junio, declaró nulo el párrafo primero del apartado 1 de la disposición adicional cuarta del Real decreto 694/2017, de 3 de julio , que otorgaba la competencia para gestionar las convocatorias de las acciones formativas dirigidas a la formación de los agentes sociales al Servicio Público de Empleo Estatal. Corresponde a la Generalitat de Catalunya, por lo tanto, la gestión de estas subvenciones respecto de su ámbito territorial, en función de la normativa que lo desarrolle.

En el mismo sentido, la Orden TMS/379/2019, de 28 de marzo, modificada por la Orden TES/1079/2022, de 10 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Servicio Público de Empleo Estatal, para la financiación de los planes de formación de ámbito estatal, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, establece, en la disposición adicional primera, que corresponde a las comunidades autónomas la gestión de estos planes de formación y, a estos efectos, la posibilidad de dictar la normativa propia correspondiente para la gestión y la concesión de las subvenciones.

De acuerdo con la normativa anterior, esta Orden aprueba las bases reguladoras que tienen que regir la convocatoria para la concesión de subvenciones para la financiación de los planes de formación profesional dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva que promueve el Departamento de Empresa y Trabajo.

Vista la Ley 19/2014 , del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que regula y garantiza la transparencia de la actividad pública y el derecho de acceso de las personas a la información y a la documentación públicas;

Vista la Ley 17/2015 , del 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres;

Visto el Decreto 222/2023, de 19 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, mientras no entren en vigor los del 2024.

Vista la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio , sobre las formas de justificación de subvenciones, modificada por el Orden VEH/79/2020, de 9 de junio;

Visto el Decreto 133/2024, de 11 de agosto , de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya; y el Decreto 56/2024, de 12 de marzo , de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo;

Vista la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Visto el que prevén el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio ;

Dado que esta actuación está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones (PES22-25_EMT0022) y que se considera que contribuye a la consecución de sus objetivos ya que se encuadra en el eje Por un país de derechos, de igualdad de oportunidades y de bienestar, con el objetivo de garantizar el derecho al trabajo digno, y fortalecer el marco de relaciones laborales y la negociación colectiva;

Visto el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya; a propuesta del director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral; y con el informe previo del Área Jurídica de Trabajo y de la Intervención Delegada del Departamento de Empresa y Trabajo;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre ,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases generales de acuerdo con los anexos que se indican a continuación, que tienen que regir la convocatoria de la concesión de subvenciones para la financiación de planes de formación del ámbito de Cataluña, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

Anexo 1. Bases generales

Anexo 2. Principios éticos y reglas de conducta.

Disposición adicional

Esta Orden se entenderá modificada automáticamente por la normativa comunitaria, estatal o catalana que con posterioridad a su entrada en vigor se pueda promulgar.

Las referencias a la normativa concreta aplicable se entenderán hechas, por remisión, a la normativa que las pueda sustituir en el futuro.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden EMT/207/2023, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de los planes de formación del ámbito de Cataluña, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva para el año 2023 (DOGC n.º 8975, de 8.8.2023).

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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