Ayudas a los municipios para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias

 18/10/2024
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 3 de octubre de 2024, por la que se convocan las ayudas a los municipios para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias 2024-2025 (BOCA de 17 de octubre de 2024). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, DE 3 DE OCTUBRE DE 2024, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS A LOS MUNICIPIOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS NUEVAS Y DE MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS 2024-2025.

BDNS (Identif.): 789279.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/789279)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan una población inferior a 5.000 habitantes (según los últimos datos publicados por el ICANE anteriores a la publicación de la convocatoria).

Segundo. Objeto.

Convocar para los años 2024-2025, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas a municipios para la realización de obras nuevas y/o de mejora de sus infraestructuras destinadas al desarrollo, modernización o adaptación de la agricultura y el sector forestal, la silvicultura, incluido el acceso a las superficies agrícolas y forestales, la consolidación y mejora de tierras y el suministro y ahorro de energía y agua, de acuerdo con su regulación en el Programa de Desarrollo Rural de Cantabria 2014-2022.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DES/25/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los municipios para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias para el periodo 2024-2025, (BOC n.º 161, de 21 de agosto de 2024).

Cuarto. Cuantía.

1. La cuantía total máxima de las ayudas que se convocan asciende a 2.566,864,04 € para el año 2025, que serán cofinanciadas, según lo previsto en el artículo 59 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, de la siguiente manera:

- 1.360.437,94 € a través del fondo FEADER - 361.927,82 € a través del MAPA.

- 844.498,28 € por parte de la comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.414A.763.02 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el 2025.

2. La financiación de estas ayudas se tramitará de conformidad con los dispuesto en la Disposición de la Ley de Cantabria de Presupuestos generales vigente que regule los gastos financiados por el FEAGA y FEADER.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación conforme al modelo normalizado que figura como Anexo I de la presente Resolución. Las solicitudes se presentarán únicamente en el REC (Registro Electrónico de Cantabria: rec.cantabria.es), o en cualquier otro registro electrónico de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Cada municipio sólo podrá presentar una única solicitud.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana