Subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2024 para personas que tengan 65 años o más o que tengan 35 años o menos

 16/10/2024
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Resolución TER/3653/2024, de 9 de octubre, de segunda ampliación del importe máximo inicial de la dotación presupuestaria de la Resolución TER/504/2024, de 20 de febrero, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2024 para personas que tengan 65 años o más o que tengan 35 años o menos (ref. BDNS 745249) (DOGC de 15 de octubre de 2024). Texto completo.

RESOLUCIÓN TER/3653/2024, DE 9 DE OCTUBRE, DE SEGUNDA AMPLIACIÓN DEL IMPORTE MÁXIMO INICIAL DE LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA DE LA RESOLUCIÓN TER/504/2024, DE 20 DE FEBRERO, POR LA QUE SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA PÚBLICA COMPETITIVA, DE LAS SUBVENCIONES PARA EL PAGO DEL ALQUILER O PRECIO DE CESIÓN DE VIVIENDA O HABITACIÓN PARA EL AÑO 2024 PARA PERSONAS QUE TENGAN 65 AÑOS O MÁS O QUE TENGAN 35 AÑOS O MENOS (REF. BDNS 745249).

El artículo 92.4.b) del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, dispone que las convocatorias de subvenciones deben concretar, como mínimo, la aplicación presupuestaria a la que deben imputarse y la cantidad máxima destinada.

El artículo 23.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, dispone que las convocatorias de concesión de subvenciones deben contener necesariamente los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles.

El punto 3.1 de la Resolución TER/504/2024, de 20 de febrero, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2024 para personas que tengan 65 años o más o que tengan 35 años o menos (DOGC núm. 9109, de 26.2.2024), modificada por la Resolución TER/2609/2024, de 10 de julio (DOGC núm. 9206, de 17.7.2024), dispone que el importe máximo inicial de la dotación presupuestaria de esta convocatoria es de 50.630.000 de euros, con cargo a la partida presupuestaria D/480.0001 “A familias” del presupuesto prorrogado de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para el ejercicio 2024 y de la partida correspondiente del presupuesto del 2025, que se distribuyen de la forma siguiente:

a) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan 65 años o más:

16.222.500 euros para la anualidad 2024.

5.407.500 euros para la anualidad 2025.

b) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan 35 años o menos:

21.750.000 euros para la anualidad 2024.

7.250.000 euros para la anualidad 2025.

El punto 3.3 de la mencionada Resolución también dispone que el crédito inicial disponible se podrá modificar según la normativa vigente.

Considerando que la Agencia de la Vivienda de Cataluña dispone de una dotación adicional de 37.997.000 euros para destinar a estas subvenciones,

Resuelvo:

-1 Ampliar el importe de 50.630.000 euros que prevé el punto 3.1 de la Resolución TER/504/2024, de 20 de febrero, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2024 para personas que tengan 65 años o más o que tengan 35 años o menos, en la cuantía de 37.997.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria D/480.0001 “A familias” del presupuesto prorrogado de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para el ejercicio 2024 y de la partida correspondiente del presupuesto del 2025.

El importe máximo de la convocatoria se establece en un total de 88.627.000 euros, que se distribuyen de la forma siguiente:

a) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan 65 años o más:

16.222.500 euros para la anualidad 2024.

5.407.500 euros para la anualidad 2025.

b) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan 35 años o menos:

49.897.000 euros para la anualidad 2024.

17.100.000 euros para la anualidad 2025.

-2 Esta Resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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