Reglamento de funcionamiento y actuación por medios electrónicos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea

 16/10/2024
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Resolución de 9 de octubre de 2024, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, de modificación de la Resolución de 11 de septiembre de 2024, de publicación del Reglamento de funcionamiento y actuación por medios electrónicos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (BOPV de 15 de octubre de 2024). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 9 DE OCTUBRE DE 2024, DEL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024, DE PUBLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y ACTUACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores de dicha índole en el anexo de la Resolución de 11 de septiembre de 2024, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, de publicación del Reglamento de funcionamiento y actuación por medios electrónicos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 191, de 1 de octubre de 2024, se procede a su corrección:

En la página 2024/4502 (2/33),

donde dice:

“ACUERDA:

Primero.- Ordenar la publicación del Reglamento de funcionamiento y actuación por medios electrónicos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea en el Boletín Oficial del País Vasco mediante resolución del Secretario General de la UPV/EHU.”

debe decir:

“ACUERDA:

Primero.- Aprobar el Reglamento de funcionamiento y actuación por medios electrónicos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea que se inserta como anexo al presente acuerdo.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, mediante resolución del Secretario General de la UPV/EHU”.

En la página 2024/4502 (33/33),

donde dice:

“DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- Supuestos no previstos.”

debe decir:

“DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Supuestos no previstos.”

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