Consejo de Dirección y la delegación de competencias Universidad de Zaragoza

 12/09/2024
 Compartir: 

Resolución de 2 de septiembre de 2024, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se modifica la Resolución de 8 de abril de 2021, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se modifica la Resolución de 21 de enero de 2021, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se determina la estructura, composición y régimen de funcionamiento del Consejo de Dirección y la delegación de competencias (BOA de 11 de septiembre de 2024). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 8 DE ABRIL DE 2021, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 21 DE ENERO DE 2021, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA, COMPOSICIÓN Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN Y LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS.

Con fecha 31 de agosto de 2024 se ha procedido al cese del Adjunto al Rector para la Reforma Estatutaria, Coordinación Normativa y Desarrollo de la Negociación Colectiva. Habida cuenta de las competencias y funciones asignadas a dicho cargo, es necesario modificar ahora cada una de ellas, acomodando así la Resolución de 8 de abril de 2021, por la que se modifica, a su vez, la Resolución de 21 de enero de 2021, a esta nueva situación.

En consecuencia, la citada Resolución se modifica en los siguientes términos:

- Se suprime el artículo 16.bis).

- El artículo 1.2 queda redactado de la siguiente manera:

1.2. Asimismo, formarán parte del Consejo de Dirección la Jefa de Gabinete del Rector y el Asesor del Rector para Ciencias de la Salud.

- El artículo 3 queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 3. Secretaria General.

1. Corresponden a la Secretaria General, además de las funciones legales y estatutarias previstas en el artículo 70 de los Estatutos, las siguientes:

a) Formar parte del Consejo Social.

b) Formar parte y actuar como secretaria de la Comisión Permanente y la Comisión de Reglamentos del Consejo de Gobierno.

c) Formar parte y actuar como secretaria de la Junta Consultiva Académica.

d) Presidir la Comisión de Archivos de la Universidad.

e) Coordinar la elaboración y publicación del Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza.

2. La Secretaria General asumirá, también, las siguientes competencias:

a) La presidencia de la Mesa General de Negociación de la Universidad de Zaragoza.

b) El estudio, propuesta y negociación de la reforma estatutaria.

c) La coordinación y dirección de la actividad normativa y de los servicios jurídicos de la Universidad.

d) El apoyo y colaboración al Rector en las relaciones de la Universidad con las instituciones, organismos y otras entidades públicas o privadas de naturaleza representativa, institucional y/o administrativa.

e) El apoyo y colaboración a la Gerencia y al Vicerrector de Profesorado en materia de política de personal y negociación colectiva.

- El artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 4. Gerente.

1. Corresponden al Gerente, además de las funciones que señala el artículo 71 de los Estatutos, las siguientes:

a) Formar parte del Consejo Social.

b) Proponer el nombramiento de los vicegerentes.

c) Presidir la Mesa Sectorial del Personal de Administración y Servicios.

d) Coordinar el Sistema Integrado de Información Universitaria.

e) Coordinar y gestionar la Administración electrónica de la Universidad, en colaboración con la Secretaría General.

2. El Gerente ejercerá por delegación las funciones que a continuación se relacionan:

a) La dirección del personal de administración y servicios.

b) Las que, en materia de contratación administrativa, el ordenamiento jurídico atribuye al órgano de contratación y, especialmente, la adjudicación, modificación, interpretación y resolución de los contratos administrativos.

c) La ordenación y autorización del gasto conforme al presupuesto de la Universidad.

d) La presidencia del Comité de Seguridad y Salud.

e) La propuesta, elaboración y negociación de los distintos instrumentos de negociación colectiva de la universidad.

f) La negociación del Convenio Colectivo o Acuerdo-Pacto del personal de administración y servicios.

3. Del Gerente dependerá la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y las competencias sobre el Servicio de Informática y Comunicaciones de la Universidad de Zaragoza (SICUZ). En este último caso, mediante la creación de una nueva vicegerencia.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  10. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana