ORDEN FORAL 70/2024, DE 5 DE JULIO, DEL CONSEJERO DE COHESIÓN TERRITORIAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 86/2022, DE 17 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE COHESIÓN TERRITORIAL A NIVEL DE NEGOCIADOS.
Por Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre , se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial a nivel de las Direcciones Generales, Servicios y Secciones que se integran en la misma.
Por Orden Foral 86/2022, de 17 de noviembre , se estableció la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial a nivel de Negociados. Por parte de la Secretaría General Técnica del Departamento se propone la modificación de dicha estructura en lo que concierne a su ámbito.
En su virtud, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 34.4 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,
ORDENO:
Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 86/2022, de 17 de noviembre , por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial a nivel de Negociados.
Uno.-Se añade un nuevo capítulo y dos nuevos artículos con la siguiente redacción:
CAPÍTULO V.-SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
Artículo 38. Estructura y adscripción de Negociados.
La Sección de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica se estructura en el siguiente Negociado:
-Negociado de Asistencia Jurídica.
Artículo 39. Negociado de Asistencia Jurídica
El Negociado de Asistencia Jurídica ejercerá las siguientes funciones:
a) Seguimiento, impulso y tramitación de los expedientes de reclamaciones por responsabilidad patrimonial cuya resolución está atribuida a la Secretaría General Técnica.
b) Gestión, en colaboración con el mediador, de las cuestiones relacionadas con el contrato de seguro de responsabilidad patrimonial.
c) Seguimiento y colaboración en la ejecución de las resoluciones judiciales dictadas en los expedientes de responsabilidad patrimonial cuya resolución está atribuida a la Secretaría General Técnica.
d) Colaboración en la elaboración de informes y propuestas en materias propias de la Sección de Régimen Jurídico.
e) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.
Disposición final única.-Entrada en vigor.
La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
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