Subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo para el desarrollo del programa Consolida’t

 12/07/2024
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Orden EMT/156/2024, de 9 de julio, de modificación de la Orden EMT/163/2023, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo para el desarrollo del programa Consolida’t, de apoyo a la consolidación, el fortalecimiento y la reinvención del trabajo autónomo en Cataluña (DOGC de 11 de julio de 2024). Texto completo.

ORDEN EMT/156/2024, DE 9 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN EMT/163/2023, DE 21 DE JUNIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CONSOLIDA’T, DE APOYO A LA CONSOLIDACIÓN, EL FORTALECIMIENTO Y LA REINVENCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO EN CATALUÑA.

En fecha 23 de junio de 2023 se publica la Orden EMT/163/2023, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo para el desarrollo del programa Consolida't, de apoyo a la consolidación, el fortalecimiento y la reinvención del trabajo autónomo en Cataluña (DOGC núm. 8943, de 23.6.2023).

En fecha 17 de mayo de 2024 se publica la Orden EMT/109/2024, de 14 de mayo, de modificación de la Orden EMT/163/2023, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo para el desarrollo del programa Consolida't, de apoyo a la consolidación, el fortalecimiento y la reinvención del trabajo autónomo en Cataluña (DOGC núm. 9165, de 17.5.2024).

De acuerdo con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria las administraciones públicas actuarán según los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Vista la necesidad de clarificar y concretar el tipo de entidades que pueden ser beneficiarias de estas ayudas, se propone modificar el apartado 1.b) de la base 5 del anexo 1 de la Orden EMT/163/2023, de 21 de junio.

Visto que la modificación que se plantea no implica ningún incremento del gasto ni afectación presupuestaria;

Por todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral; vistos los informes previos del Área Jurídica de Trabajo y de la Intervención Delegada del Departamento de Empresa y Trabajo, y en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno

Artículo 1

Se modifica el apartado 1.b) de la base 5 del anexo 1 de la Orden EMT/163/2023, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo para el desarrollo del programa Consolida't, de apoyo a la consolidación, el fortalecimiento y la reinvención del trabajo autónomo en Cataluña, que queda redactado de la siguiente manera:

“Línea 2: Los consejos comarcales de Cataluña, ya sea de forma individual o agrupada con otros consejos comarcales o municipios de su ámbito territorial; los ayuntamientos de un consejo comarcal de forma agrupada, y de forma individual únicamente en caso de municipios con un número de habitantes igual o superior a los 50.000, y los ayuntamientos que sean capital de comarca de forma individual.”

Disposición transitoria

Las subvenciones otorgadas antes de la entrada en vigor de la presente Orden se regirán de acuerdo con la normativa vigente el día de la presentación de solicitudes.

Disposición final

Entrada en vigor

La presente Orden entra en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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