Régimen de conciertos educativos

 20/06/2024
 Compartir: 

Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se dicta la propuesta provisional de resolución de la convocatoria para acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación o modificación de los mismos, con centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a partir del curso académico 2024/25 (BOJA de 19 de junio de 2024). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 11 DE JUNIO DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, CENTROS Y ENSEÑANZA CONCERTADA, POR LA QUE SE DICTA LA PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA ACOGERSE AL RÉGIMEN DE CONCIERTOS EDUCATIVOS O LA RENOVACIÓN O MODIFICACIÓN DE LOS MISMOS, CON CENTROS DOCENTES PRIVADOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, A PARTIR DEL CURSO ACADÉMICO 2024/25.

La Orden de 16 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 244, de 21 de diciembre de 2020), establece las normas que rigen las convocatorias para acogerse al régimen de conciertos educativos en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, desde el año académico 2021/22 hasta el año académico 2024/25. Asimismo, la Orden de 2 de diciembre de 2022 (BOJA núm. 241, de 19 de diciembre de 2022), establece las normas de las convocatorias para acogerse al régimen de conciertos educativos en la enseñanza de Educación Primaria, desde el curso académico 2023/24 hasta el curso académico 2028/29, remitiendo, en cuanto al procedimiento, a la citada Orden de 16 de diciembre de 2020.

Los centros que se relacionan en los anexos de esta propuesta provisional de resolución han presentado solicitud para suscribir o modificar concierto educativo en las etapas o niveles mencionados. Tras comprobar si reúnen los requisitos necesarios para concertar, se ha procedido al examen y evaluación de dichas solicitudes y de la documentación que las acompaña, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, 19 y 20 de la Orden de 16 de diciembre de 2020.

Por su parte, el artículo 20.2 de la Orden de 16 de diciembre de 2020, modificado por la Disposición final primera de la Orden de 2 de diciembre de 2022, establece que la Dirección General competente en materia de gestión de conciertos educativos, una vez realizado el estudio a que se refiere el apartado 1 de dicho artículo y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, elaborará la propuesta provisional de resolución de la convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, los interesados podrán, a través de la dirección electrónica

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual

consultar el expediente y presentar telemáticamente las alegaciones, los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, dirigidos a la Delegación Territorial competente en materia de educación correspondiente a la provincia donde radique el centro docente participante en la convocatoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la elaboración de la propuesta provisional de resolución de la convocatoria se han tenido en cuenta los criterios generales y específicos de concertación para cada enseñanza, establecidos en los artículos 7 a 10 de la Orden de 16 de diciembre de 2020 y artículo 6 de la Orden de 2 de diciembre de 2022.

En virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 154/2022, de 9 de agosto , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, vistas las evaluaciones de las Comisiones Provinciales de Conciertos Educativos y los informes de las Delegaciones Territoriales de esta Consejería,

HE RESUELTO

Primero. Dictar la propuesta provisional de resolución de la convocatoria para acogerse al régimen de conciertos educativos o la modificación de los mismos en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional para el curso académico 2024/25.

Segundo. Abrir un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que los interesados puedan, a través de la dirección electrónica

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual

consultar el expediente y presentar telemáticamente las alegaciones, los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, dirigidos a la Delegación territorial competente en materia de educación correspondiente a la provincia donde radique el centro docente participante en la convocatoria.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana