Subvenciones a entidades locales para gestión de colonias felinas 2024

 04/06/2024
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Extracto de la Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades locales para gestión de colonias felinas 2024 (BOE de 4 de junio de 2024) Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 31 DE MAYO DE 2024, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE DERECHOS SOCIALES, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA GESTIÓN DE COLONIAS FELINAS 2024

BDNS(Identif.):765190

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/765190)

Primero. Beneficiarios:

a) Los ayuntamientos que dispongan de programa de gestión ética aprobado por esa entidad local.

b) Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, las comarcas, mancomunidades, u otras entidades que agrupen varios municipios, siempre que los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto dispongan de un programa de gestión ética establecido o aprobado por esa entidad local.

Los programas municipales de gestión ética de colonias felinas deberán estar aprobados al tiempo de realizar la solicitud.

Segundo. Objeto:

Sufragar los gastos que hayan de afrontar las entidades beneficiarias en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre del año 2025, en la ejecución de proyectos destinados a impulsar el control poblacional de colonias felinas mediante el método ético de captura, esterilización y retorno.

Tercero. Bases Reguladoras:

Orden DSA/1352/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas.

Cuarto. Cuantía:

La cuantía máxima de la convocatoria asciende a 1.950.000 euros. El importe de la financiación a conceder será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".

Sexto. Otros datos:

El texto de la convocatoria y sus anexos están disponibles en la página web cuya dirección es www.mdsocialesa2030.gob.es.

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