Subvenciones para el fomento de la contratación con formación en el marco de las campañas agrarias

 27/05/2024
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Orden EMT/114/2024, de 21 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la contratación con formación en el marco de las campañas agrarias en Cataluña (SOC - CAMPAÑA AGRARIA) (DOGC de 27 de mayo de 2024). Texto completo.

ORDEN EMT/114/2024, DE 21 DE MAYO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN CON FORMACIÓN EN EL MARCO DE LAS CAMPAÑAS AGRARIAS EN CATALUÑA (SOC - CAMPAÑA AGRARIA).

Las campañas agrarias en Catalunya comportan un flujo de personas temporeras que, se desplazan en masa a los territorios donde se ofrecen oportunidades laborales vinculadas a la cosecha agrícola de temporada. Este es un fenómeno complejo que los municipios de acogida de las personas temporeras deben afrontar y, por el que, es primordial la colaboración de las administraciones públicas al mismo tiempo de dar una respuesta adecuada a las necesidades planteadas.

Es por este motivo que, desde el año 2019, el Servicio Público de Empleo de Cataluña mediante la convocatoria de la Campaña Agraria, impulsó una línea de subvención de fomento a la contratación que tiene por objeto dar la oportunidad a personas desempleadas de obtener experiencia profesional y formación adaptada para desarrollar tareas profesionales en un sector que establece una demanda muy específica y especializada en territorios donde se desarrollan las campañas agrarias del territorio catalán.

Desde el Servicio Público de Empleo de Cataluña se considera primordial seguir dando apoyo a esta política ocupacional ya que, desde sus inicios, los resultados han sido muy positivos, tanto con respecto a la mejora de la empleabilidad de las personas contratadas en el marco del programa, como el impacto que ha supuesto a la tarea profesional de estas personas en el propio desarrollo de la Campaña Agraria.

No obstante, ahora se plantea la necesidad de elaborar una nueva versión de Orden de bases por adaptar su redactado al conjunto de cambios que, durante estos años, se ha producido en la normativa relacionada con la gestión de subvenciones. En este sentido, hay que destacar el sistema de otorgamiento por módulos económicos. Asimismo, también se plantea la conveniencia de elaborar un nuevo redactado normativo que defina de forma más precisa el conjunto de entidades que pueden ser beneficiarias de esta subvención.

Respecto del contenido de las actuaciones subvencionadas, no se plantea ningún cambio sustancial. Este es un programa de fomento del empleo, que ofrece una experiencia profesionalizadora a personas desempleadas en el ámbito de la mediación, la intermediación y el apoyo y el acogimiento a los colectivos de personas temporeras que se dirigen en los diferentes municipios donde se desarrollan las campañas agrarias. Asimismo, la propuesta sigue incorporando una formación transversal con el fin de dotar a las personas desempleadas que participan de conocimientos que estén relacionados directamente con las necesidades que se generan en el contexto de las campañas agrarias.

El programa se enmarca dentro del apartado d) relativo al servicio de fomento al empleo del artículo 16 de la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña. Asimismo, responde al objetivo de incrementar la empleabilidad de las personas de acuerdo con el Plan de Desarrollo de Políticas de Empleo de Cataluña (PDPE) que concreta los objetivos que se debe alcanzar, entre el 2023 y el 2025, para la Estrategia Catalana para el Empleo de Calidad.

Asimismo, garantiza la participación de los agentes sociales y económicos más representativos de Cataluña y, concretamente aquellos que, junto con las entidades locales del territorio, contribuyen a dar apoyo a la implementación y mejora de las campañas agrarias en Catalunya.

Considerando la Ley 19/2014, de 29 de diciembre , de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Considerando el Decreto 8/2021, de 9 de febrero , sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública;

Considerando la Ley 13/2015, de 9 de julio , de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Considerando la Ley 17/2015, de 21 de julio , de igualdad efectiva de mujeres y hombres;

Considerando la Ley 19/2020, de 30 de diciembre , de igualdad de trato y no discriminación;

Considerando la Ley 11/2014, de 10 de octubre , para garantizar los derechos de lesbianas, gais, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia;

Considerando la Ley 26/2015, de 28 de julio , de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia;

Considerando la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio , sobre las formas de justificación de subvenciones;

Considerando que el 11 de mayo de 2022 se dicta la Resolución por la que se aprueba el Plan estratégico de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya para el periodo 2022-2025, que incluye la previsión de las ayudas públicas del Servicio Público de Empleo de Cataluña, en que se prevé impulsar el Programa SOC-Campaña Agraria.

Vistos los informes del Área Jurídica de Trabajo y de la Intervención Delegada, que informan previamente al Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, a propuesta de la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, y en uso de las facultades que me confieren de acuerdo con el artículo 27.e.bis) de la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña, y el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya;

Por todo eso,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación con formación de personas desempleadas, con el fin de facilitarlas una experiencia profesional y una pericia en el marco de la gestión de las campañas agrarias en Cataluña, que se detallan al anexo 1 de esta Orden.

Disposición adicional primera

Esta Orden se entiende automáticamente modificada por la normativa comunitaria, estatal o autonómica que se pueda promulgar después de que haya entrado en vigor.

Las referencias a la normativa concreta que se aplica se entenderán hechas por remisión a la normativa que las pueda sustituir en el futuro.

Disposición adicional segunda

Se autoriza la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña para que dicte las resoluciones de convocatoria correspondientes y las disposiciones que considere oportunas para el despliegue de esta Orden.

Disposición transitoria

A los procedimientos de subvenciones convocados antes de la entrada en vigor de la presente Orden, no les es de aplicación, y se rigen por la normativa anterior.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden TSF/95/2019, de 9 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la contratación con formación en el marco de las campañas agrarias en Cataluña (SOC - Campaña Agraria).

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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