Ayudas dirigidas al funcionamiento de Grupos Operativos de la Asociación Europea de Innovación

 23/05/2024
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Orden de 15 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2022, de las ayudas dirigidas al funcionamiento de Grupos Operativos de la Asociación Europea de Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, para la realización de proyectos piloto y el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en los sectores agrícola, alimentario y forestal, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, al amparo de la Orden de 7 de julio de 2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (submedida 16.1, operaciones 16.1.2 y 16.1.3) (BOJA de 22 de mayo de 2024). Texto completo.

ORDEN DE 15 DE MAYO DE 2024, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL EJERCICIO 2022, DE LAS AYUDAS DIRIGIDAS AL FUNCIONAMIENTO DE GRUPOS OPERATIVOS DE LA ASOCIACIÓN EUROPEA DE INNOVACIÓN (AEI) EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD AGRÍCOLAS, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PILOTO Y EL DESARROLLO DE NUEVOS PRODUCTOS, PRÁCTICAS, PROCESOS Y TECNOLOGÍAS EN LOS SECTORES AGRÍCOLA, ALIMENTARIO Y FORESTAL, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA 2014-2022, AL AMPARO DE LA ORDEN DE 7 DE JULIO DE 2020, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE (SUBMEDIDA 16.1, OPERACIONES 16.1.2 Y 16.1.3).

La Orden de 22 de diciembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2022, de las ayudas dirigidas al funcionamiento de Grupos Operativos de la Asociación Europea de Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, para la realización de proyectos piloto y el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en los sectores agrícola, alimentario y forestal, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, al amparo de la Orden de 7 de julio de 2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, establece para la convocatoria 2022 el importe disponible máximo de la ayuda prevista en esta convocatoria es de 12.463.865,00 euros para la Línea 1 y de 5.477.339,00 euros para la Línea 2, con la siguiente distribución presupuestaria:

Línea 1:

Tabla omitida.

Línea 2:

Tabla omitida.

La orden de convocatoria referida establece en su artículo 7.4 que en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, además del crédito máximo disponible para la convocatoria, excepcionalmente se podrá incrementar el mismo con una cuantía adicional, todo ello con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión y sin necesidad de una nueva convocatoria.

Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial se determina que tanto la autorización del gasto como su modificación o reajuste de anualidades posterior, precisará de la previa fiscalización por la Intervención competente. El mismo artículo en su apartado 4.º in fine establece que el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintivos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Habiéndose tramitado, conforme con lo establecido en el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, un reajuste de la distribución de las partidas presupuestarias y de sus anualidades, así como la ampliación del crédito indicada anteriormente, se modifica la distribución presupuestaria de las Líneas 1 y 2 del apartado tercero del resuelvo séptimo de la orden referida.

En su virtud, y de conformidad con el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,

RESUELVO

Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional en las operaciones 16.1.2. (Línea 1) y 16.1.3 (Línea 2) de 4.799.073,79 € (cuatro millones setecientos noventa y nueve mil setenta y tres euros con setenta y nueve céntimos) y 2.700.069,41 € (dos millones setecientos mil sesenta y nueve euros con cuarenta y un céntimos) respectivamente, así como al reajuste de anualidades y distribución con cargo a las siguientes partidas presupuestarias, quedando modificado así como el resuelvo séptimo en lo que atañe al crédito disponible:

Tabla omitida.

Todo ello se realiza sin que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni para publicar la resolución correspondiente.

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