Subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de redacción de planeamiento urbanístico y Áreas de Desarrollo Rural

 21/05/2024
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Extracto de la Orden FOM/6/2024, de 6 de mayo, por la que se convocan subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de redacción de planeamiento urbanístico y Áreas de Desarrollo Rural (BOCA de 20 de mayo de 2024). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN FOM/6/2024, DE 6 DE MAYO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA FINANCIAR LAS ACTUACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA EN MATERIA DE REDACCIÓN DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y ÁREAS DE DESARROLLO RURAL.

BDNS (Identif.): 757110.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/757110) ç

Primero.- Beneficiarios y requisitos.

1. Podrán acogerse a estas ayudas los Ayuntamientos de Cantabria que procedan a adaptar sus instrumentos de planeamiento a la legislación vigente o a la revisión de los mismos, y hayan iniciado la tramitación del procedimiento de elaboración del Plan General de Ordenación Urbana o de las Áreas de Desarrollo Rural, encontrándose en alguna de las fases del procedimiento o incluso se haya procedido a la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento urbanístico con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.

2. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario los Ayuntamientos que se hallaren en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Quedarán expresamente excluidas aquellas entidades que antes del dictado de la propuesta de resolución de concesión no se encuentren al corriente de sus obligaciones con la Administración Tributaria, con la Seguridad Social o con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

3. Los beneficiarios de las ayudas están obligados a cumplir con las disposiciones contenidas en la presente convocatoria, con las obligaciones recogidas en el artículo 13 de la citada Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como con todas aquellas obligaciones contenidas en la demás normativa que sea de aplicación.

Segundo.- Objeto.

El objeto de la presente orden es establecer la convocatoria de las ayudas a conceder en régimen de concurrencia competitiva para la delimitación de Áreas de Desarrollo Rural y de Planes Generales de Ordenación Urbana adaptados a la Ley 5/2022, de 15 de julio , de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria, o su revisión, que sean llevadas a cabo por parte de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Tercero.- Bases reguladoras.

La presente convocatoria se realiza al amparo de la Orden FOM/3/2024, de 5 de abril (B.O.C. número 71, de fecha 12 de abril de 2024) por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de redacción de Planeamiento Urbanístico y de Áreas de Desarrollo Rural.

Cuarto.- Créditos presupuestarios y cuantía total máxima.

El importe total de esta convocatoria asciende a CIENTO SESENTA MIL euros (160.000,00 euros), que se financiarán en la anualidad 2024 con cargo a la aplicación 04.05.261N.761 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2024.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

La solicitud deberá presentarse en el plazo de un mes desde que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Una vez publicado el extracto de la convocatoria, los interesados que deseen solicitar la subvención deberán presentar la correspondiente solicitud en el Registro Electrónico Común https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 134.8 apartado b) de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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