Subvenciones destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario

 23/04/2024
 Compartir: 

Orden de 15 de abril de 2024, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, en el marco del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (BOJA de 22 de abril de 2024). Texto completo.

ORDEN DE 15 DE ABRIL DE 2024, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL INCREMENTO DE CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES ANDALUZAS PARA LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES, CONSTRUCCIÓN, REFORMA O EQUIPAMIENTO DE NUEVOS RECURSOS PÚBLICOS DE CARÁCTER COMUNITARIO PARA LA ATENCIÓN RESIDENCIAL A PERSONAS SIN HOGAR Y QUE FOMENTEN LA AUTONOMÍA Y LA DESINSTITUCIONALIZACIÓN, EN EL MARCO DEL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR).

Mediante Orden de 7 de julio de 2023 se regulan las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y se efectúa su convocatoria en el año 2023.

De conformidad con lo dispuesto en el dispositivo segundo de dicha orden, se destina a esta convocatoria una cuantía máxima de 10.000.000,00 de euros con cargo a los créditos presupuestarios de la partida 1800180000 G/32E/76000/00 MR08220101.

En el apartado 4 de este dispositivo se establecía la siguiente distribución de créditos por ámbitos de competitividad:

Tabla omitida.

Posteriormente, mediante Orden de 21 de noviembre de 2023, se aprobó la redistribución del crédito asignado a los referidos ámbitos de competitividad del siguiente modo:

Tabla omitida.

El apartado 5 del dispositivo segundo de la Orden de 7 de julio de 2023 establece que, además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá de una nueva convocatoria y que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada, con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo .

De conformidad con esta previsión, con fecha 13 de marzo de 2024 se ha contabilizado el expediente de incorporación de remanentes de crédito del fondo MR08220101, mediante el que se dota la partida 1800180000 G/32E/76000/00 MR08220101 con un importe de 11.700.000,00 euros lo que supone una cuantía adicional de 1.700.000,00 euros.

Por tanto, una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a esta convocatoria de subvenciones, con carácter previo a la resolución de concesión, procede la declaración del nuevo crédito disponible con objeto de incrementar la dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.

Por todo lo anterior, de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 161/2022, de 9 de agosto , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,

DISPONGO

Primero. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible en la partida 1800180000 G/32E/76000/00 MR08220101 por una cuantía adicional de 1.700.000,00 euros, para las subvenciones destinadas a entidades locales andaluzas para la construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente, quedando la cuantía máxima distribuida de la siguiente forma:

Tabla omitida.

Segundo. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana