Aplicación al municipio de Badajoz del régimen de organización de municipios de gran población

 18/04/2024
 Compartir: 

Ley 2/2024, de 12 de abril, para la aplicación al municipio de Badajoz del régimen de organización de municipios de gran población (DOE de 17 de abril de 2024). Texto completo.

LEY 2/2024, DE 12 DE ABRIL, PARA LA APLICACIÓN AL MUNICIPIO DE BADAJOZ DEL RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN DE MUNICIPIOS DE GRAN POBLACIÓN.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Capítulo I del Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases de Régimen Local regula el ámbito de aplicación del régimen de organización de municipios de gran población, significando en su artículo 121.1 letra c), que este Título X será de aplicación a los municipios que sean capitales de provincia, capitales autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas, exigiendo en este caso que lo decidan las Asambleas Legislativas correspondientes a iniciativa de los respectivos ayuntamientos.

Con fundamento en la previsión legal transcrita y en el artículo 123.1 o) de la misma ley, el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz en sesión celebrada el día 27 de julio de 2023, por unanimidad de los asistentes, acordó solicitar a la Asamblea de Extremadura la autorización para su calificación como municipio de gran población al encontrarse en el supuesto previsto en el apartado c) del artículo 121.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por su condición de capital de la provincia homónima de población no superior a 175.000 habitantes.

Cumpliéndose, por tanto, las condiciones legales y considerando que concurren, además, circunstancias que aconsejan la adopción de la medida, desde el máximo respeto a la autonomía local y a la potestad de autoorganización municipal, mediante esta ley se dispone la aplicación al municipio de Badajoz del régimen de organización de los municipios de gran población.

Artículo único.

Será de aplicación a la ciudad de Badajoz, capital de la provincia homónima, el régimen de organización de los municipios de gran población regulado en el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Disposición final única.

La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana