Oficina Consular honoraria de España en Le Havre

 15/04/2024
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Orden AUC/320/2024, de 9 de abril, por la que se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular honoraria de España en Le Havre, en la República Francesa (BOE de 15 de abril de 2024). Texto completo.

ORDEN AUC/320/2024, DE 9 DE ABRIL, POR LA QUE SE ELEVA A LA CATEGORÍA DE CONSULADO HONORARIO LA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN LE HAVRE, EN LA REPÚBLICA FRANCESA.

Actualmente, del Consulado General de España en París dependen siete Oficinas Consulares honorarias: cuatro situadas en los territorios franceses de ultramar (La Reunión, San Martín, Martinica y Papeete) y tres en el territorio continental (Rennes, Lille y Le Havre). De estas últimas, Rennes y Lille ostentan la categoría de Consulado Honorario, mientras que Le Havre mantiene la de Viceconsulado Honorario.

Por coherencia con el similar tamaño de las tres ciudades y de las poblaciones españolas residentes o transeúntes en ellas, para equiparar el rango con el de la práctica totalidad de los representantes consulares honorarios de otros países acreditados en la región de Normandía y para así evitar problemas protocolarios y administrativos, se considera conveniente elevar la categoría del Viceconsulado Honorario de Le Havre a la de Consulado Honorario.

Por añadidura, esta Oficina Consular honoraria es heredera de un Consulado de Carrera que se cerró en 1969 y está situada en uno de los puertos con más actividad del Mar del Norte, que a su vez constituye la cabecera del complejo industrial y portuario de HAROPA (Havre-Rouen-París), lo que conlleva actividad empresarial, mercantil y consular en materia de navegación.

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y con arreglo al Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre , a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en París y con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:

Artículo 1. Elevación de categoría de la Oficina Consular honoraria de España en Le Havre.

Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular honoraria de España, con categoría de Viceconsulado Honorario, en Le Havre, en la República Francesa, cuya circunscripción consular abarca los departamentos de Calvados, Manche y Seine Maritime.

Artículo 2. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Le Havre.

La persona titular del Consulado Honorario en Le Havre tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

Disposición adicional única. No incremento del gasto de personal.

Esta modificación no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre , de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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