Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales

 08/03/2024
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Orden MAT/194/2024, de 26 de febrero, por la que se modifica el anexo VI del Decreto 167/2018, de 9 de octubre, que aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO) (BOA de 7 de marzo de 2024). Texto completo.

ORDEN MAT/194/2024, DE 26 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO VI DEL DECRETO 167/2018, DE 9 DE OCTUBRE, QUE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN CIVIL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES (PROCINFO).

El artículo 1 del Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente establece que éste "es el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar, de acuerdo con las directrices establecidas por el Gobierno de Aragón, la acción administrativa y la gestión en materia de agricultura, ganadería, agroalimentación, montes, incendios forestales ". Así mismo, el artículo 30 especifica que le corresponde a la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal "la planificación, coordinación y gestión en materia de incendios forestales, en particular, las actuaciones de carácter preventivo sobre el territorio y la sensibilización social, así como el análisis y la gestión de las actuaciones de extinción y la innovación y desarrollo de tecnologías para la preservación de la superficie forestal".

La organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón así como la asignación de competencias de los Departamentos ha sido modificada por el Decreto de 11 de agosto de 2023 del Presidente del Gobierno de Aragón, y el Decreto 102/2023, de 12 de agosto , del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En la norma se asignan al Departamento de Medio Ambiente y Turismo las competencias de gestión forestal atribuidas anteriormente al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

El Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO) fue aprobado por Decreto 167/2018, de 9 de octubre , del Gobierno de Aragón. En él se establecen los procedimientos a seguir por parte de todos los intervinientes, desde que se declara un incendio hasta que se logra su completa extinción. En su anexo VI se desarrolla la directriz técnica de comunicaciones en emergencias por incendios forestales del Departamento competente en incendios forestales en Aragón, documento en el que se especifican los procedimientos concretos de manejo y gestión de las comunicaciones.

Por su parte, el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre , del Gobierno de Aragón por el que se modifica el Decreto 65/2001, de 27 de marzo , del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los turnos de guardia del personal que participa en las tareas de prevención y extinción de incendios forestales, incluye en su disposición final primera, Habilitación de desarrollo, que "Se faculta a los Consejeros competentes en materia de gestión forestal y de prevención y extinción de incendios forestales para la revisión, mediante Orden, de los anexos IV, V y VI del PROCINFO". Ambas competencias recaen en la actualidad en el Departamento de Medio Ambiente y Turismo, de acuerdo con el citado Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón.

Recientemente, el Gobierno de Aragón ha puesto en servicio la Red de comunicaciones de emergencias unificada de Aragón, un nuevo sistema de comunicaciones digital basado en el estándar TETRA para la atención de las emergencias en la Comunidad Autónoma, incluidas las emergencias por incendios forestales, resultando necesario modificar la actual directriz técnica contenida en el anexo VI del PROCINFO para su adaptación a esta nueva tecnología.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.1 del texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril , establece que "El Gobierno de Aragón es el titular de la potestad reglamentaria. No obstante, las personas miembros del Gobierno podrán ejercer la potestad reglamentaria cuando así les habilite para ello una ley o disposición reglamentaria aprobada por el Gobierno". Dicha habilitación se encuentra en la citada disposición final primera del Decreto 225/2018, de 18 de diciembre , del Gobierno de Aragón, que faculta a los Consejeros competentes en materia de gestión forestal y de prevención y extinción de incendios forestales para la revisión mediante Orden del anexo VI del PROCINFO.

Por todo lo expuesto, en virtud de lo establecido en el artículo 42 del mencionado texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón, y con arreglo a lo dispuesto en el Decreto de 11 de agosto de 2023 del Presidente del Gobierno de Aragón, el Consejero de Medio Ambiente y Turismo resuelve:

Artículo único. Aprobar la modificación del anexo VI del Decreto 167/2018, de 9 de octubre , por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO), que queda redactado como se recoge en el anexo que se adjunta.

Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Anexo

Omitido.

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