Modelo 194

 28/02/2024
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Orden Foral 22/2024, de 12 de febrero, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 146/2021, de 17 de diciembre, de la consejera de Economía y Hacienda por la que se aprueba el modelo 194 de "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de los rendimientos del capital mobiliario y rentas derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos, e informativo anual de reembolsos y transmisiones de aportaciones a cooperativas" (BON de 27 de febrero de 2024). Texto completo.

ORDEN FORAL 22/2024, DE 12 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 146/2021, DE 17 DE DICIEMBRE, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA Y HACIENDA POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 194 DE "RESUMEN ANUAL DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DE LOS RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO Y RENTAS DERIVADOS DE LA TRANSMISIÓN, AMORTIZACIÓN, REEMBOLSO, CANJE O CONVERSIÓN DE CUALQUIER CLASE DE ACTIVOS REPRESENTATIVOS DE LA CAPTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE CAPITALES AJENOS, E INFORMATIVO ANUAL DE REEMBOLSOS Y TRANSMISIONES DE APORTACIONES A COOPERATIVAS".

La modificación tiene como finalidad actualizar los diseños de registro en un doble sentido: por un lado, actualizar las referencias normativas de los campos "NIF del declarante", "NIF del perceptor" y "NIF del representante legal"; por otro lado, adaptar dichos diseños de registro a lo establecido en la disposición adicional quincuagésima séptima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre , del impuesto sobre la renta de las personas físicas, que extiende para los períodos impositivos 2022 y 2023 la deducción prevista en el artículo 68.4.1.º número 1.º de la citada Ley, en los mismos términos y condiciones, a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.

El artículo 90.5 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo , y el artículo 48.6 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Decreto Foral 282/1997, de 13 de octubre, facultan a la persona titular del departamento competente en materia tributaria para establecer los términos de la presentación de la declaración e ingreso de los modelos informativos correspondientes.

El ejercicio de la potestad reglamentaria desarrollada mediante esta orden foral se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, simplicidad y eficiencia, y accesibilidad establecidos en el artículo 129 la Ley Foral 11/2009, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo único.-Se modifica la Orden Foral 146/2021, de 17 de diciembre , de la consejera de Economía y Hacienda por la que se aprueba el modelo 194 de "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de los rendimientos del capital mobiliario y rentas derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos, e informativo anual de reembolsos y transmisiones de aportaciones a cooperativas.

El anexo II de la Orden Foral 146/2021 , se modifica en los siguientes términos:

Uno.-B. Tipo de Registro 1, registro de declarante, Campo "N.I.F. DEL DECLARANTE", que ocupa las posiciones 9-17.

Tabla omitida.

Dos.-C. Tipo de registro 2, registro de perceptor, Campo "N.I.F. DEL PERCEPTOR", que ocupa las posiciones 18-26.

Tabla omitida.

Tres.-C. Tipo de Registro 2, registro de perceptor, campo "N.I.F. DEL REPRESENTANTE LEGAL", que ocupa las posiciones 27-35.

Tabla omitida.

Cuatro.-C. Tipo de Registro 2, registro de perceptor, campo "CÓDIGO PROVINCIA", que ocupa las posiciones 76-77.

Tabla omitida.

Cinco.-C. Tipo de Registro 2, registro de perceptor, campo "% RETENCIÓN", que ocupa las posiciones 170-173.

Tabla omitida.

Seis.-C. Tipo de Registro 2, registro de perceptor, adición del campo, "CEUTA O MELILLA / ISLA DE LA PALMA", que ocupará la posición 188 y se actualizan en consecuencia las posiciones correspondientes a "BLANCOS".

Tabla omitida.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y será aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que se presentarán en el ejercicio 2024.

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