Acción concertada para la prestación del servicio de atención en centros residenciales a víctimas de violencia de género

 30/11/2023
 Compartir: 

Orden FAM/1335/2023, de 22 de noviembre, por la que se modifica la Orden FAM/1537/2022, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases por las que se regula la acción concertada para la prestación del servicio de atención en centros residenciales a víctimas de violencia de género en Castilla y León (BOCYL de 29 de noviembre de 2023). Texto completo.

ORDEN FAM/1335/2023, DE 22 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FAM/1537/2022, DE 4 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES POR LAS QUE SE REGULA LA ACCIÓN CONCERTADA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN EN CENTROS RESIDENCIALES A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN CASTILLA Y LEÓN.

Por Orden FAM/1537/2022, de 4 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 217, de 10 de noviembre de 2022, se establecieron las bases reguladoras por las que se regula la acción concertada para la prestación del servicio de atención en centros residenciales a víctimas de violencia de género en Castilla y León.

Con objeto de dar estabilidad y continuidad a la prestación del servicio de atención en centros residenciales a víctimas de violencia de géne, resulta oportuno modificar el artículo 10 relativa al plazo de ejecución y prorroga, y ello en virtud del artículo 12.1 del Decreto 3/2022, de 17 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico del concierto social en determinados ámbitos del Sistema de Servicios Sociales de Responsabilidad Pública de Castilla y León.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo 150/2021, de 23 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan Estratégico de los Servicios Sociales de Castilla y León 2022-2025 y el artículo 7. 2 del Decreto 3/2022, de 17 de febrero , por el que se establece el régimen jurídico del concierto social en determinados ámbitos del Sistema de Servicios Sociales de Responsabilidad Pública de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden FAM/1537/2022, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras por las que se regula la acción concertada para la prestación del Servicio de Atención en Centros Residenciales a víctimas de violencia de género en Castilla y León.

La Orden FAM/1537/2022, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras las bases reguladoras por las que se regula la acción concertada para la prestación del Servicio de Atención en Centros Residenciales a víctimas de violencia de género en Castilla y León, se modifica en los términos que se establecen a continuación.

Uno. Se modifica el artículo 10 quedando redactado como sigue:

1. El plazo de ejecución del concierto para la prestación del servicio de atención en centros residenciales, a víctimas de violencia de género será de 3 años, prorrogable por un plazo máximo de 2 años.

Disposición transitoria. Régimen transitorio.

A los conciertos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta orden, les será de aplicación la normativa vigente en el momento de su iniciación.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana