ORDEN CTD/11/2023, DE 20 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 7/2013, DE 14 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y TURISMO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN EN ARCHIVÍSTICA Y EN BIBLIOTECONOMÍA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La experiencia acumulada en la aplicación de la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en Archivística y en Biblioteconomía, con motivo de las convocatorias publicadas desde su entrada en vigor, nos ha permitido identificar que las necesidades son cambiantes, y blindar el número de becarios no es acorde con el fin de la subvención. Eliminarlo redundará en beneficio tanto de la Administración como del propio interesado beneficiario.
El Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 30.3 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; 42, apartados 1.e) y 2, de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros; 180.1 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre , de Hacienda Pública de La Rioja; 10.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero , regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja; y 6.1.g) del Decreto 54/2023, Decreto 54/2023, de 14 de julio , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, dicta la siguiente
ORDEN
Artículo único. Modificación de la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en Archivística y en Biblioteconomía, queda modificada en los siguientes términos:
Primero. Elimina el 'dos' del párrafo primero del artículo 1. Objeto, con el siguiente texto:
'La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de becas de formación y perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito de las competencias que ejerce la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, para titulados de las áreas de conocimiento de Archivística y Biblioteconomía.'
Disposición transitoria única. Aplicación de la Orden.
La presente Orden se aplicará a las convocatorias de subvenciones que se aprueben a partir de su entrada en vigor.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
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