Subvenciones destinadas a entidades locales para el desarrollo de actividades de aprendizaje permanente en el marco de la educación de las personas adultas

 26/09/2023
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Extracto de la Orden EDU/25/2023, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales para el desarrollo de actividades de aprendizaje permanente en el marco de la educación de las personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOCA de 25 de septiembre de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN EDU/25/2023, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE PERMANENTE EN EL MARCO DE LA EDUCACIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

BDNS (Identif.): 716968.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/716968)

Primero. Entidades beneficiarias.

Entidades locales de Cantabria de hasta 8.000 habitantes.

No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas entidades locales incursas en algunos de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Segundo. Objeto.

Colaborar en el desarrollo de programas de enseñanzas en el marco de la educación para las personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 30 de junio de 2024.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden EDU/11/2021, de 29 de abril, por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de actividades de aprendizaje permanente en el marco de la educación de las personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 10 de mayo de 2021 (BOC n.º 88)

Cuarto. Cuantía

El importe máximo a conceder en esta convocatoria, será de 80.000, que se imputarán por importe de 32.000 € para el año 2023 y 48.000 € para el año 2024.

La cuantía individualizada de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 4.000 € por proyecto, con el límite del coste de la actividad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir r del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del presente extracto.

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