Ayudas a movilidad de personal investigador para desarrollar proyectos de investigación aplicada orientados a la transferencia tecnológica

 13/09/2023
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Resolución EMT/3084/2023, de 4 de agosto, por la que se modifica la Resolución EMC/1917/2019, de 9 de julio, modificada por la Resolución EMC/767/2020, de 20 de marzo, y por la Resolución EMC/3294/2020, de 14 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de ayudas a movilidad de personal investigador para desarrollar proyectos de investigación aplicada orientados a la transferencia tecnológica (Tecniospring INDUSTRY) (DOGC de 12 de septiembre de 2023). Texto completo.

RESOLUCIÓN EMT/3084/2023, DE 4 DE AGOSTO, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN EMC/1917/2019, DE 9 DE JULIO, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN EMC/767/2020, DE 20 DE MARZO, Y POR LA RESOLUCIÓN EMC/3294/2020, DE 14 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA LÍNEA DE AYUDAS A MOVILIDAD DE PERSONAL INVESTIGADOR PARA DESARROLLAR PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN APLICADA ORIENTADOS A LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA (TECNIOSPRING INDUSTRY).

La Resolución EMC/1917/2019, de 9 de julio, (DOGC n.º 7917 de 15.7.2019), modificada por la Resolución EMC/767/2020, de 20 de marzo (DOGC n.º 8097 de 27.3.2020), y por la Resolución EMC/3294/2020, de 14 de diciembre (DOGC n.º 8298 de 18.12.2020) aprueba las bases reguladoras de la línea de ayudas a movilidad de personal investigador para desarrollar proyectos de investigación aplicada orientados a la transferencia tecnológica (Tecniospring INDUSTRY).

La base 5.8 de estas bases reguladoras establece que no se consideran subvencionables, dentro de los gastos de personal, las indemnizaciones por despido.

El objeto de estas ayudas es la contratación de una persona investigadora para la realización de un proyecto de investigación y desarrollo de una duración de dos años, por lo que dentro de los gastos de personal se consideran subvencionables los gastos de la posible indemnización derivada de la finalización del contrato.

La modificación de la normativa de contratación que introduce el Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre (BOE n.º 313, de 30 de diciembre de 2021) ha limitado la posibilidad de realizar contratos de duración determinada y ha llevado a los beneficiarios de estas ayudas a la necesidad de realizar contratos indefinidos con despido a la finalización del período subvencionable.

Con este cambio, de hecho, los gastos de la finalización del contrato se convierten en no subvencionables dado que las bases reguladoras así lo fijan en los casos de despido.

Con la voluntad de realizar un tratamiento homogéneo de los gastos de finalización del contrato en estos casos concretos, se considera conveniente realizar una modificación de las bases reguladoras que permita subvencionar los gastos de despido en determinados casos.

Visto el informe previo de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

RESUELVO:

Primero. Añadir el siguiente párrafo al final de la base 5.8 de la Resolución EMC/1917/2019, de 9 de julio (DOGC n.º 7917 de 15.7.2019), modificada por la Resolución EMC/767/2020, de 20 de marzo (DOGC n.º 8097 de 27.3.2020), y por la Resolución EMC/3294/2020, de 14 de diciembre (DOGC n.º 8298 de 18.12.2020), que aprueba las bases reguladoras de la línea de ayudas a movilidad de personal investigador para desarrollar proyectos de investigación aplicada orientados a la transferencia tecnológica (Tecniospring INDUSTRY):

“Excepcionalmente, los gastos por las indemnizaciones por despido se podrán considerar subvencionables siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

- Que el contrato entre la persona investigadora y la entidad beneficiaria se haya firmado con posterioridad al 31 de diciembre de 2021.

- Que en el contrato entre la persona investigadora y la entidad beneficiaria conste que la contratación se lleva a cabo para la realización del proyecto de I+D subvencionado dentro de la ayuda del programa Tecniospring.

- Que la fecha del despido coincida con la fecha de finalización del proyecto de I+D subvencionado dentro de la ayuda del programa Tecniospring.

- Que estos gastos se hayan considerado coste salarial en el contrato de la persona investigadora”.

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