Estructura orgánica y sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias

 06/09/2023
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Decreto 359/2023, de 4 de septiembre, que modifica el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC de 6 de septiembre de 2023). Texto completo.

DECRETO 359/2023, DE 4 DE SEPTIEMBRE, QUE MODIFICA EL DECRETO 123/2023, DE 17 DE JULIO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS SEDES DE LAS CONSEJERÍAS DEL GOBIERNO DE CANARIAS.

El artículo 31 de la Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, atribuye al Gobierno la competencia para aprobar la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías.

Establecida la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías por el Decreto 123/2023, de 17 de julio , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, con la finalidad de garantizar la protección de los derechos, libertades y bienes de la ciudadanía, se considera necesaria la creación de un centro directivo que asuma las competencias de formación y selección del personal llamado a desempeñar funciones en materia de seguridad pública y de emergencia, que tenía atribuidas la extinta Dirección General de Seguridad y Emergencias.

En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 4 de septiembre de 2023,

DISPONGO:

Artículo único.- Modificación del Decreto 123/2023, de 17 de julio .

Se modifica el Decreto 123/2023, de 17 de julio , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en los términos siguientes:

Uno.- Los apartados 1 y 4 del artículo 4 quedan redactados en la forma siguiente:

“Artículo 4.- Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

1. La Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) Viceconsejería de Relaciones con el Parlamento.

b) Viceconsejería de Administraciones y Transparencia.

c) Viceconsejería de Justicia.

d) Viceconsejería de recuperación económica y social de La Palma.

e) Secretaría General Técnica.

f) Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana.

g) Dirección General de la Función Pública.

h) Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos.

i) Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

j) Dirección General de Seguridad.

k) Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública.”

“4. La Viceconsejería de Relaciones con el Parlamento, la Viceconsejería de recuperación económica y social de La Palma, la Secretaría General Técnica, la Dirección General de Seguridad y la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, dependen directamente del consejero o consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.”

Dos.- Se añade un apartado 12 a la disposición adicional segunda, con el contenido siguiente:

“12. Se atribuyen a la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública competencias en materia de formación, perfeccionamiento y especialización de los miembros de los Cuerpos de Policía de Canarias y demás intervinientes y participantes en el Sistema Canario de Seguridad y Emergencias, de investigación, estudio y divulgación en materias relacionadas con la seguridad pública y de convocatoria y resolución de los procesos de selección para el ingreso a las escalas y empleos del cuerpo general de la Policía Canaria, y las demás que se le atribuyan en el reglamento orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.”

Tres.- La disposición adicional sexta queda redactada en la forma siguiente:

“Disposición adicional sexta. Modificación puntual de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

Por la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad se tramitará, por urgencia, una modificación puntual de su relación de puestos de trabajo al objeto de crear una estructura adecuada y suficiente en la Viceconsejería de recuperación económica y social de La Palma y en la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, que permita el correcto desempeño de sus respectivas funciones. Para esta modificación se autoriza de forma excepcional la creación de puestos de trabajo no dotados presupuestariamente sin que sea necesaria la correlativa supresión o modificación de puestos.”

Disposición final única.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

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