EXTRACTO DE LA ORDEN DE 27 DE JULIO DE 2023 DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, MAR MENOR, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A LAS ENTIDADES LOCALES Y CONSORCIOS DE ESTAS DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE IMPLANTACIÓN O MEJORA DE LOS SISTEMAS DE RECOGIDA SEPARADA DE BIORRESIDUOS, RESIDUOS TEXTILES Y ACEITE DE COCINA USADO EN LA REGIÓN DE MURCIA, DENTRO DEL PLAN DE APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMATIVA DE RESIDUOS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) -FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXT GENERATION EU.
BDNS (Identif.): 710248
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/710248)
Primero. Beneficiarios.
Los beneficiarios de estas líneas de financiación podrán ser los municipios u otras entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la implantación o mejora de los sistemas de recogida separada de biorresiduos, residuos textiles y aceite usado.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar la implantación y mantenimiento de sistemas de recogida separada de las diferentes fracciones de residuos municipales, para contribuir a alcanzar una gestión más sostenible y un ahorro de recursos naturales, y a su vez dar cumplimiento a los objetivos establecidos por la normativa vigente.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras se aprobaron mediante Orden de 27 de julio de 2023 de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación.
Cuarto. Cuantía de las subvenciones.
La subvención total a obtener por cada proyecto será la suma de:
La subvención por inversión material, que será del 90% del presupuesto subvencionable en inversión material, IVA excluido, calculado conforme al artículo 4. de la orden de bases reguladoras por la que se rige la presente convocatoria.
La subvención por formación y difusión, que será igual al 10% de la subvención por inversión material calculada en el apartado anterior.
La cuantía máxima de la subvención para cada proyecto será la establecida en el artículo 5 de la orden de bases reguladoras por la que se rige la presente convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Sexto. Otros datos de interés.
1. Serán subvencionables al amparo de la presente convocatoria las siguientes líneas de actuación, recogidas en el artículo 4 de la orden de bases reguladoras por la que se rige la presente convocatoria.
Línea A. Proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico (compostaje, digestión anaerobia o ambas).
Línea B. Proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de la fracción de residuos textiles de los residuos municipales para destinarlos a preparación para la reutilización o reciclado.
Línea C. Proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de aceite de cocina usado generado en el ámbito doméstico, del comercio y servicios, para destinarlo a valorización, especialmente para la obtención de biocarburante.
2. Dentro de cada línea de actuación únicamente serán subvencionables los conceptos recogidos en el Anexo III de la orden de bases reguladoras para cada una de las líneas, que cumplan los requisitos técnicos indicados en el mismo. El coste subvencionable máximo por concepto será el indicado en dicho Anexo III (IVA excluido).
3. Las solicitudes se presentarán, utilizando el modelo establecido en el Anexo V (Línea A), Anexo VI (Línea B) y Anexo VII (Línea C) de la presente convocatoria, debidamente suscrito por el órgano competente de la entidad solicitante o su representante legal, y exclusivamente a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (sede.carm.es), n.º de procedimiento: 4216 “Convocatoria de Ayudas destinadas a la ejecución de proyectos de implantación o mejora de los sistemas de recogida separada de biorresiduos, residuos textiles y aceite de cocina usado en la Región de Murcia. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea-Next Generation EU”.
4. Sólo se admitirá una solicitud por cada entidad solicitante por cada una de las líneas de Subvención (A, B o C) de proyectos en cada convocatoria.
5. Se establece un plazo de ejecución de la actuación subvencionada desde la notificación de la concesión de la ayuda hasta el 30 de diciembre de 2024.
6. El plazo máximo de justificación será de ocho meses desde la finalización del plazo máximo de ejecución, pudiendo prorrogarse el mismo a solicitud del beneficiario, por la mitad del plazo inicial y de acuerdo con lo establecido por la ley 39/2015 de 1 de octubre. No obstante, la finalización del plazo de justificación, incluyendo su prórroga, en su caso, no podrá ser posterior al 31 de octubre de 2025. El régimen de justificación se regula en el artículo 16 de la orden de bases reguladoras por la que se rige la presente convocatoria.
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