EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 30 DE MAYO DE 2023, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DIRIGIDAS A FINANCIAR EL MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN, MEJORA Y PROMOCIÓN DE LOS SENDEROS HOMOLOGADOS (GR®, PR® Y SL®) EXISTENTES, EN MUNICIPIOS CON RIESGO DE DESPOBLAMIENTO Y EN OTRAS ENTIDADES LOCALES DE LAS CUALES FORMAN PARTE MUNICIPIOS CON RIESGO DE DESPOBLAMIENTO, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNITAT VALENCIANA, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
BDNS (identif.): 702529.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/702529)
Primera. Entidades beneficiarias
1. Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas:
a) Los municipios de la Comunitat Valenciana, que, al cumplir los requisitos establecidos en el artículo 15 de la Ley 5/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana (DOGV 9580, 21.04.2023), sean perceptores del fondo de cooperación municipal para la lucha contra el despoblamiento y posean en su término municipal senderos homologados GR®, PR® y/o SL® por la FEMECV.
b) Cuando el sendero objeto de actuación transcurra por varios municipios y la actuación a realizar afecte a los términos municipales de varios de estos municipios, podrán ser beneficiarias las entidades supramunicipales o mancomunidades de las que formen parte los municipios indicados, siempre que alguno de ellos sea perceptor del fondo de cooperación referenciado en el apartado anterior.
2. Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la LGS. Dicho requisito se acreditará mediante declaración responsable y deberá prolongarse durante todo el tiempo de ejecución del programa.
b) Ser conocedora de que la financiación de esta ayuda proviene del MRR de la Unión Europea, por lo que asume todas las obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 febrero de 2021, por el que se establece el MRR, así como de las demás normas comunitarias o nacionales aplicables a esta financiación. Dicha circunstancia se acreditará mediante declaración responsable.
Segunda. Finalidad
La finalidad de estas ayudas es la promoción y el desarrollo de proyectos ligados a potenciar el patrimonio natural y paisajístico de los municipios rurales con problemas de despoblamiento, a través de la realización de actividades para el mantenimiento, la conservación, la mejora y la promoción de senderos homologados GR®, PR® y SL®, ya existentes, en municipios en riesgo de despoblamiento y otras entidades locales, de las cuales forman parte municipios con riesgo de despoblamiento en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Tercera. Bases reguladoras
1. Constituye el objeto de estas bases reguladoras establecer, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, las condiciones esenciales del otorgamiento de las subvenciones para financiar actuaciones ligadas a la política palanca de lucha contra la despoblación, componente 4 “Conservación y restauración de ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad”, concretamente en el componente de inversión C04.I04 actuación sobre el reto demográfico, para luchar contra la despoblación y garantizar la cohesión territorial y social, Plan de recuperación, transformación y resiliencia Next Generation EU, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y por la decisión de ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision CID), de 13 de julio de 2021.
Cuarta. Financiación de las ayudas
Estas subvenciones se financiarán con cargo a los capítulos IV y VII del programa presupuestario 125.99 “MRR. Agenda Despoblamiento”, líneas presupuestarias S1096000 “Ayudas para la promoción de los senderos homologados en la C.V.” y S1097000 “Ayudas para inversiones en los senderos homologados en la C.V.” respectivamente, correspondientes a fondos MRR (C04I04), del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2023, por un importe de 600.000,00 euros y 1.278.735,00 euros respectivamente para cada línea indicada, en el marco de los fondos europeos procedentes del MRR y dentro del PRTR Next Generation EU.
Quinta. Termino de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática, en el plazo señalado en la convocatoria, a través del trámite específico puesto a disposición de las entidades interesadas en el procedimiento correspondiente publicado en la sede electrónica de la Generalitat http://sede.gva.es. Las solicitudes presentadas por cualquier otro medio serán inadmitidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, resultando de aplicación lo dispuesto en el artículo 68.4 de la citada ley.
El plazo para la presentación de solicitudes será de cuatro meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexta. Otros datos
La cuantía máxima de la subvención, para cada entidad que resulte beneficiaria en la línea S1096000, se establece en cinco mil euros (5.000,00 €) para la promoción de un único sendero ya sea de pequeño recorrido PR® o sendero local SL® y en siete mil euros (7.000,00 €) cuando se trate de varios senderos homologados o de un sendero de gran recorrido GR®. Para la línea S1097000, veinte mil euros (20.000,00 €), si se actúa sobre senderos de gran recurrido GR®; doce mil euros (12.000,00 €) si se actúa sobre un sendero de pequeño recorrido PR®, y siete mil euros (7.000,00 €) si se trata de un sendero local SL®.
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