Subvenciones para entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento, vehículos, obras y proyectos de obras en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas

 31/05/2023
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Extracto de la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan, para los ejercicios 2023-2025, subvenciones para entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento, vehículos, obras y proyectos de obras en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas (DOGV de 30 de mayo de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 23 DE MAYO DE 2023, DE LA VICEPRESIDENCIA Y CONSELLERIA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA LOS EJERCICIOS 2023-2025, SUBVENCIONES PARA ENTIDADES LOCALES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE EQUIPAMIENTO, VEHÍCULOS, OBRAS Y PROYECTOS DE OBRAS EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD Y LAS POLÍTICAS INCLUSIVAS.

BDNS (identif.): 698332.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/698332)

Primero. Objeto y actuaciones subvencionables

1. La convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2023 de ayudas destinadas al equipamiento de centros gestionados por entidades locales y entidades sin ánimo de lucro del sistema valenciano de servicios sociales mediante la Línea estratégica A: adquisición de mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros y servicios, según los requisitos establecidos en la Orden de bases 3/2020.

La convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2023 de ayudas destinadas al equipamiento de los servicios relacionados a continuación, gestionados por entidades locales y entidades sin ánimo de lucro del sistema valenciano de servicios sociales mediante la línea estratégica A: adquisición de mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros y servicios, según los requisitos establecidos en la Orden de bases 3/2020.

– Promoción de la autonomía personal.

– Ayuda a domicilio.

– Asistencia personal.

– Teleasistencia.

2. La convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2023 de ayudas destinadas a la adquisición de vehículos adaptados o adaptación de vehículos necesarios para el funcionamiento de centros gestionados por entidades locales y entidades sin ánimo de lucro del sistema valenciano de servicios sociales mediante la línea estratégica B: adquisición de vehículos adaptados o adaptación de vehículos que sean necesarios para el desarrollo de la actividad de centros, según los requisitos establecidos en la Orden de bases 3/2020.

3. Se convoca en el ejercicio 2023 en régimen de concurrencia competitiva con carácter plurianual (2023-2025) ayudas destinadas a la construcción y la reforma de centros gestionados por entidades locales o entidades sin ánimo de lucro del sistema valenciano de servicios sociales mediante la línea estratégica C: construcciones y obras, según los requisitos establecidos en la Orden de bases 3/2020.

Sublínea C.1: nueva construcción y finalización de centros que no estén en funcionamiento, y cambio de uso de todo el edificio para su destino a centro de servicios sociales destinados a:

– Atención primaria básica en caso de que el solicitante sea entidad local.

– Todos los niveles de atención en el caso de que el solicitante sea una entidad sin ánimo de lucro.

Sublínea C.2: obras de reforma (abarca el conjunto de obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o reparación de inmuebles) de centros en funcionamiento cuyo destino sea:

– Atención primaria (básica y específica) y secundaria en caso de que el solicitante sea entidad local.

– Todos los niveles de atención en el caso de que el solicitante sea una entidad sin ánimo de lucro.

4. Se convoca en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2023 ayudas destinadas a la redacción de proyectos para construcción y reforma de centros gestionados por entidades locales o entidades sin ánimo de lucro del sistema valenciano de servicios sociales, mediante la línea estratégica D: redacción de proyectos básicos y de ejecución según los requisitos establecidos en la Orden de bases 3/2020.

Proyectos de obras nuevas de centros con el siguiente destino:

– Atención primaria básica en caso de que el solicitante sea entidad local.

– Todos los niveles de atención en el caso de que el solicitante sea una entidad sin ánimo de lucro.

Proyectos de obras reforma de centros con el siguiente destino:

– Atención primaria (básica y específica) y secundaria en caso de que el solicitante sea entidad local.

– Todos los niveles de atención en el caso de que el solicitante sea una entidad sin ánimo de lucro.

Segundo. Beneficiarios

1. Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas ayudas las entidades titulares de centros o servicios del sistema valenciano de servicios sociales que cumplan, los siguientes requisitos:

A) Entidades locales de la Comunitat Valenciana.

Podrán acceder a esta subvención los ayuntamientos, las diputaciones y las entidades locales supramunicipales, así como sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las mismas con competencias en materia de servicios sociales.

Estas deberán estar inscritas en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana, antes de la propuesta de resolución de la concesión de la subvención.

B) Entidades privadas sin ánimo de lucro.

Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana, antes de la propuesta de resolución de la concesión de la subvención.

2. Cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiarios señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones.

3. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades incursas en alguna de las circunstancias contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

4. En todo caso, acreditar que disponen de un plan de igualdad ya sea de ámbito municipal o de centro de trabajo, en el caso de que, de conformidad con la legislación que les sea de aplicación, sea exigible. En el caso de no ser exigible se justificará la concurrencia de las causas de no obligatoriedad (anexo VII).

Tercero. Bases reguladoras

Orden 3/2020, de 17 de abril, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento y obras en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas. (DOGV 8796, 23.04.2020)

Cuarto. Financiación

1. El importe máximo estimado para financiar estas actuaciones, según lo establecido en la Ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023 , o su equivalente en el ejercicio 2024 y 2025 en el caso de subvenciones incluidas en la línea estratégica C que se establecen con carácter plurianual, se prevé en la sección 16 servicio 04 centro gestor 02, Programa presupuestario 311.30 “Planificación y coordinación de infraestructuras de servicios sociales”, capítulo 7, con las siguientes especificaciones:

Denominación: ayudas proyectos de inversión.

Línea de subvención: S5229.

Consignación presupuestaria anualidad 2023 destinada a dar cobertura presupuestaria a la presente convocatoria: 5.885.500,00 euros.

Procedencia y cuantía de los fondos. Propios no condicionados.

Distribución por línea/sublínea estratégica:

Línea estratégica A

– Línea estratégica A: 2.580.000 euros, de los cuales se destina a:

– Subvenciones entidades locales: 1.548.000 euros

– Subvenciones entidades sin ánimo de lucro: 1.032.000 euros

Línea estratégica B

– Línea estratégica B: 850.000 euros, de los cuales se destina a:

– Subvenciones entidades locales: 510.000 euros

– Subvenciones entidades sin ánimo de lucro: 340.000 euros

Línea estratégica C

– Sublínea C1: 5.770.000 euros, de los cuales se destina a:

– Subvenciones entidades locales: 3.462.000 euros

– Subvenciones entidades sin ánimo de lucro: 2.308.000 euros

– Sublínea C2: 2.600.000 euros, de los cuales se destina a:

– Subvenciones entidades locales: 1.560.000 euros

– Subvenciones entidades sin fin de lucro: 1.040.000 euros

Línea estratégica D

– Línea estratégica D: 1.200.000 euros, de los cuales se destina a:

– Subvenciones entidades locales: 720.000 euros

– Subvenciones entidades sin fin de lucro: 480.000 euros

La distribución de la financiación de las ayudas, con carácter estimativo por líneas estratégicas y anualidades:

Línea estratégica A

2023 2.580.000,00 euros

Total 2.580.000,00 euros

Línea estratégica B

2023 850.000,00 euros

Total 850.000,00 euros

Línea estratégica C

Sublínea C1

2023 865.500,00 euros

2025 4.904.500,00 euros

Total 5.770.000,00 euros

Sublínea C2

2023 390.000,00 euros

2024 2.210.000,00 euros

Total 2.600.000,00 euros

Línea estratégica D

2023 1.200.000,00 euros

Total 1.200.000,00 euros

Totales por anualidad

2023 5.885.500,00 euros

2024 2.210.000,00 euros

2025 4.904.500,00 euros

Total convocatoria 13.000.000,00 euros

Quinto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes de subvención

1. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2. La forma de presentación de las solicitudes y documentación que debe acompañarse se realizará y ajustará a lo determinado en el resuelvo séptimo y octavo de la convocatoria.

3. Enlaces presentación de la solicitud telemática según el tipo de ayuda solicitada:

– Línea estratégica A: adquisición de mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros y servicios.

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=3&idioma=es&idProcGuc=22992&idCatGuc=PR&login=c

– Línea estratégica B: adquisición de vehículos adaptados o adaptación de vehículos que sean necesarios para el desarrollo de la actividad de los centros.

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=3&idioma=es&idProcGuc=22996&idCatGuc=PR&login=c

– Línea estratégica C, sublínea C.1: nueva construcción, finalización de centros que no estén en funcionamiento y cambio de uso de todo el edificio para su destino a centro de servicios sociales.

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=3&idioma=es&idProcGuc=22999&idCatGuc=PR&login=c

– Línea estratégica C, sublínea C.2: obras de reforma de centros en funcionamiento.

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=3&idioma=es&idProcGuc=22998&idCatGuc=PR&login=c

– Línea estratégica D: redacción de proyectos básicos y de ejecución cuyo contenido será el necesario para la realización de obras.

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=3&idioma=es&idProcGuc=22997&idCatGuc=PR&login=c

Sexto. Criterios de valoración

Los criterios de valoración están regulados para cada tipo de ayuda en el resuelvo noveno de la convocatoria.

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