Ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias

 29/05/2023
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Extracto de la Resolución del consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 17 de mayo de 2023, por la que se convocan las ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias en 2023 (BOCA de 26 de mayo de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, DE 17 DE MAYO DE 2023, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS A LOS AYUNTAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS NUEVAS Y DE MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS EN 2023.

BDNS (Identif.): 695935.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/695935).

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los ayuntamientos de municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan una población inferior a 5.000 habitantes (según los últimos datos publicados por el ICANE anteriores a la convocatoria).

Segundo. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas a los Ayuntamientos para la realización de obras nuevas y/o de mejora de sus infraestructuras destinadas al desarrollo, modernización o adaptación de la agricultura y la ganadería, incluido el acceso a las superficies agrarias, la consolidación y mejora de tierras, de acuerdo con su regulación en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden MED/12/2023, de 18 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias para el período 2023-2027, publicada en el BOC de 26 de abril de 2023.

Cuarto. Cuantía.

1. La cuantía total máxima de las ayudas que se convocan asciende a 705.000 euros para el año 2023, que serán cofinanciadas, según lo previsto en el Plan Estratégico de la PAC de España para el periodo 2023-2027, de la siguiente manera:

- 211.507,80 euros a través del fondo FEADER - 231.182,94 euros a través del MAPA.

- 262.309,26 euros por parte de la comunidad Autónoma de Cantabria con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.414A.763 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el 2023.

2. La financiación de estas ayudas se tramitará de conformidad con los dispuesto en la Disposición de la Ley de Cantabria de Presupuestos generales vigente que regule los gastos financiados por el FEAGA y FEADER.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas al Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente conforme al modelo normalizado que figura como Anexo I de la presente Resolución. Las solicitudes se presentarán únicamente en el REC (Registro Electrónico de Cantabria: rec.cantabria.es), o en cualquier otro registro electrónico de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Cada Ayuntamiento sólo podrá presentar una única solicitud.

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