Modificación del Real Decreto 41/2022, de 12 de enero

 03/05/2023
 Compartir: 

Real Decreto 331/2023, de 28 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 41/2022, de 12 de enero, por el que se crea el Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea (BOE de 29 de abril de 2023). Texto completo.

REAL DECRETO 331/2023, DE 28 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 41/2022, DE 12 DE ENERO, POR EL QUE SE CREA EL COMITÉ ORGANIZADOR DE LA PRESIDENCIA ESPAÑOLA DE LA UNIÓN EUROPEA

El 1 de julio de 2023, España asume la presidencia rotatoria del Consejo de la Unión Europea.

Para la organización de las acciones en torno a la Presidencia española, se creó el Comité Organizador de la Presidencia Española, adscrito a la Presidencia del Gobierno, por el Real Decreto 41/2022, de 12 de enero . Este Comité tiene como objetivo la programación, planificación, coordinación y ejecución de las actividades de las administraciones públicas, instituciones y organismos, durante el segundo semestre de 2023, en el contexto de la Presidencia Española de la Unión Europea.

El Comité Organizador está asistido por la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, que se integra en la estructura de la Presidencia del Gobierno, conforme determina el Real Decreto 662/2022, de 29 de julio , por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.

El Pleno del Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea está compuesto actualmente por la Presidencia, que recae en la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y por las vocalías establecidas en el artículo 3 del mencionado Real Decreto 41/2022, de 12 de enero.

En el momento actual, existe la necesidad de incorporar dos nuevas vocalías al Pleno, que corresponderían a la persona titular de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20, y a la persona titular de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País. Estas modificaciones resultan acordes con la estructura establecida en el Real Decreto 662/2022, de 29 de julio .

En efecto, con estas incorporaciones se completa la composición del Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea, dotando de representación en dicho pleno, por un lado, al máximo responsable del asesoramiento y apoyo técnico y político al Presidente del Gobierno, en asuntos relacionados con la política económica; y, por otro, a la persona titular del órgano responsable de analizar de forma rigurosa, objetiva y multidisciplinar los retos y oportunidades a los que se enfrentará España en el futuro y de ayudar al país a prepararse para ellos mediante el diseño de políticas públicas innovadoras y el asesoramiento en la toma de decisiones del presidente y sus ministros, así como de contribuir al desarrollo de la autonomía estratégica europea.

En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 41/2022, de 12 de enero, por el que se crea el Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea.

Se modifican las letras i) y j) del artículo 3.2 del Real Decreto 41/2022, de 12 de enero, por el que se crea el Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea, con la redacción que se indica a continuación, pasando las actuales letras i) a k) a numerarse como nuevas letras k) a m).

“i) La persona titular de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20.

j) La persona titular de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País.”

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana