Bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a cosecha en verde

 27/04/2023
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Orden 86/2023, de 21 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 78/2023, de 14 de abril, por la que desarrollan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a cosecha en verde en Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en el año 2023, para evitar crisis de mercado y recobrar el equilibrio de la oferta y la demanda en el mercado vitivinícola (DOCM de 26 de abril de 2023). Texto completo.

ORDEN 86/2023, DE 21 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 78/2023, DE 14 DE ABRIL, POR LA QUE DESARROLLAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN Y GESTIÓN DE LAS AYUDAS A COSECHA EN VERDE EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL PROGRAMA DE APOYO 2019-2023 Y SE CONVOCAN PARA SU EJECUCIÓN EN EL AÑO 2023, PARA EVITAR CRISIS DE MERCADO Y RECOBRAR EL EQUILIBRIO DE LA OFERTA Y LA DEMANDA EN EL MERCADO VITIVINÍCOLA.

El 19 de abril de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha n.º 75, la Orden 78/2023, de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que desarrollan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a cosecha en verde en Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en el año 2023, para evitar crisis de mercado y recobrar el equilibrio de la oferta y la demanda en el mercado vitivinícola.

El artículo 7.3 de dicha orden establece que el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 19 de abril y finalizará el 28 de abril de 2023, ambos inclusive.

El Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre , para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, establece en el apartado primero del artículo 79 que las Comunidades Autónomas habilitarán un plazo para presentar las solicitudes de ayuda, que no podrá comenzar antes del 15 ni acabar después del 30 de abril de cada año.

Por tanto, al tratarse de una ayuda que se priorizará a nivel nacional, se debe ajustar el plazo establecido al máximo permitido en el mencionado Real Decreto para que los solicitantes de Castilla-La Mancha que desean acogerse a esta ayuda tengan el mismo plazo que el resto de solicitantes del ámbito nacional.

Por lo expuesto anteriormente, se ha considerado necesario ampliar el plazo inicial de la convocatoria que finaliza el 28 de abril de 2023 hasta el 30 de abril de 2023.

Por otra parte, se ha advertido que no se había dispuesto anexo para presentar la renuncia a la que se hace referencia en el apartado 5 del artículo 9, por lo que conviene recoger este documento como Anexo V para tramitar de manera correcta las solicitudes de renuncia.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre , y conforme a las competencias atribuidas por el Decreto 83/2019, de 16 de julio , por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden 78/2023, de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se desarrollan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a cosecha en verde en Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en el año 2023, para evitar crisis de mercado y recobrar el equilibrio de la oferta y la demanda en el mercado vitivinícola.

Uno. El apartado 3 del artículo 7 de la Orden 78/2023, de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se desarrollan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a cosecha en verde en Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en el año 2023, para evitar crisis de mercado y recobrar el equilibrio de la oferta y la demanda en el mercado vitivinícola, queda redactado en los siguientes términos:

“3. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 19 de abril y finalizará el 30 de abril de 2023, ambos inclusive.”

Dos. El apartado 5 del artículo 9 de la Orden 78/2023, de 14 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, queda redactado en los siguientes términos:

“5. Las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de presentación de renuncia de la solicitud aprobada, conforme al anexo V, de 5 días naturales desde la fecha de notificación de la resolución aprobatoria.”

Tres. Se incluye Anexo V, comunicación de renuncia a la solicitud ayuda cosecha en verde del viñedo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Anexos

Omitidos.

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