ACUERDO DE 24 DE MARZO DE 2023, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN SECTORIAL DE FINANCIACIÓN BÁSICA DEL FONDO DE COOPERACIÓN MUNICIPAL, PARA EL EJERCICIO 2024.
La Constitución Española garantiza , en su artículo 140, la autonomía de los municipios y determina, en su artículo 142, que las haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el ejercicio de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas.
El principio de suficiencia financiera supone la necesidad de que las administraciones públicas estén dotadas de poder financiero “suficiente” para la ejecución de sus competencias materiales. Esta suficiencia, desde el punto de vista del ingreso público, comporta también, en el caso de las entidades locales, no solo que puedan establecer su propio sistema de recursos, sino que, además, tales recursos sean de una cuantía “suficiente” para afrontar las políticas públicas en materias de su competencia.
En la Comunitat Valenciana, el Estatuto de Autonomía establece, en el apartado 3 del artículo 64 , que, para potenciar la autonomía local sobre la base del principio de subsidiariedad, por Ley de Les Corts, se creará el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana con los mismos criterios que el fondo estatal.
En cumplimiento de este mandato estatutario, en el artículo 201 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunitat Valenciana, se creó formalmente el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana. Este precepto fue derogado por la Ley 5/2021, de 5 de noviembre , reguladora del Fondo de Cooperación Municipal de los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana, que dispone, en su artículo 5, que, con la obligación de fijar un sistema estable y permanente de financiación de la Generalitat y las diputaciones provinciales a los municipios y las entidades locales menores que prestan servicios públicos esenciales desde la proximidad, y con el fin de garantizar la cobertura de las necesidades básicas de la ciudadanía en el marco de sus competencias, el Consell de la Generalitat, como órgano de coordinación, deberá aprobar durante el primer semestre de cada ejercicio, con la participación de la comisión de colaboración y coordinación prevista en esta ley, en la cual participan las diputaciones provinciales con la finalidad de armonizar los intereses públicos afectados, el Plan sectorial de financiación básica del Fondo de Cooperación Municipal para el siguiente ejercicio.
La Comisión de colaboración y coordinación del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana es el órgano de participación encargado de la implementación, el seguimiento y el control de la ejecución anual del Fondo. Su composición es la regulada en el artículo 11 de la Ley 5/2021.
La Dirección General de Administración Local elaboró una propuesta de Plan sectorial de financiación básica del Fondo de Cooperación Municipal para el ejercicio 2024 con el contenido exigido por la ley, y esta ha sido sometida a la Comisión de colaboración y coordinación del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana, la cual, en la sesión telemática realizada el 15 de marzo de 2023, de conformidad con los artículos 5 y 12 de la Ley 5/2021, y mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las personas que son miembros de la Comisión, ha tomado conocimiento y ha aceptado el Plan sectorial de financiación básica del Fondo de Cooperación Municipal para el ejercicio 2024.
De conformidad con lo que se ha expuesto anteriormente y con lo que prevé el artículo 5 de la Ley 5/2021, de 5 de noviembre, reguladora del Fondo de Cooperación Municipal de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana, y a propuesta del president de la Generalitat, en virtud de la competencia en materia de administración local que le atribuye el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, el Consell, previa deliberación en la sesión del 31 de marzo de 2023,
ACUERDA
Aprobar el Plan Sectorial de Financiación Básica del Fondo de Cooperación Municipal para el ejercicio 2024, que figura como anexo de este acuerdo.
Anexo
Omitido.
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