Ayudas en materia de proyectos de despliegue del Plan de Salud

 04/04/2023
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Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2023, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas en materia de proyectos de despliegue del Plan de Salud Comunitat Valenciana en sus municipios (DOGV de 3 de abril de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 27 DE MARZO DE 2023, DEL CONSELLER DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EN MATERIA DE PROYECTOS DE DESPLIEGUE DEL PLAN DE SALUD COMUNITAT VALENCIANA EN SUS MUNICIPIOS.

BDNS (identif.): 684560.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/684560)

Mediante la Orden 1/2019, de 28 de febrero, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a promover proyectos relacionados con la salud pública en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8503 de 11 de marzo de 2019.

Objeto

El objeto de la presente convocatoria es convocar en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones destinadas a proyectos de despliegue del Plan de Salud de la Comunitat Valenciana en sus municipios, de acuerdo con lo establecido en la citada Orden 1/2019.

Y en especial, proyectos formativos, orientados a la adquisición de competencias de las personas integrantes de los espacios de participación, proyectos dirigidos a la implementación y progresión en las diferentes etapas de XarxaSalut, así como proyectos de evaluación del impacto en salud de las políticas municipales.

Entidades solicitantes

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en el título IV, capítulo IV de la citada Orden 1/2019, personas físicas y/o jurídicas que cumplan los requisitos fijados en el artículo 25.1

Estas entidades, además deberán cumplir los requisitos generales establecidos en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, deberán acreditar los requisitos establecidos en el artículo 25.2 de la citada Orden 1/2019.

Sólo se podrá presentar un único programa o proyecto de actividades a desarrollar por entidad, siempre destinados al despliegue del Plan de Salud de la Comunitat Valenciana.

Plazo

El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La solicitud de subvención, se presentará en el modelo normalizado disponible en el trámite telemático en la sede electrónica http://sede.gva.es

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