Ayudas para la ejecución de actuaciones de mitigación y adaptación contempladas en los planes de acción para el clima y la energía sostenible

 31/03/2023
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Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2023, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se convocan ayudas para la ejecución de actuaciones de mitigación y adaptación contempladas en los planes de acción para el clima y la energía sostenible (PACES) de los municipios de la Comunidad Valenciana, ejercicio 2023, adheridos al Pacto de las Alcaldías por el Clima y la Energía (DOGV de 30 de marzo de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 27 DE MARZO DE 2023, DE LA CONSELLERA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN CONTEMPLADAS EN LOS PLANES DE ACCIÓN PARA EL CLIMA Y LA ENERGÍA SOSTENIBLE (PACES) DE LOS MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, EJERCICIO 2023, ADHERIDOS AL PACTO DE LAS ALCALDÍAS POR EL CLIMA Y LA ENERGÍA.

BDNS (identif.): 684301.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/684301)

Primero. Objeto

El objeto es subvencionar la ejecución de las actuaciones incluidas en el plan de acción para el clima y la energía sostenible (PACES) de los municipios de la Comunitat Valenciana, mediante obras, instalaciones y adquisición de equipos, que contribuyan a la reducción de las emisiones GEI o a su absorción y compensación, así como a la adaptación a los efectos del cambio climático.

Segundo. Beneficiarios

1. Serán beneficiarios de estas ayudas los municipios de la Comunitat Valenciana.

2. Para acceder a la condición de entidades beneficiarias, los municipios solicitantes tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar adheridos al Pacto de las Alcaldías para el Clima y la Energía y tener aprobado, por el órgano competente del ayuntamiento, un plan de acción para el clima y la energía sostenible (PACES), que deberá estar en el perfil del signatario del sitio web del Pacto de las Alcaldías: https://eu-mayors.ec.europa.eu/en/home.

b) Tener aprobado y en vigor un plan de igualdad, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional séptima del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Se trata de un plan aplicable a empleadas y empleados públicos que se regirá, del mismo modo, por lo dispuesto en los artículos 51 y 64 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las Administración estatal y autonómica y con la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

d) No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las ayudas reguladas en esta orden, aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

e) Disponer de capacidad económica, financiera y operativa suficiente para garantizar la ejecución de la operación propuesta.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes. Este requisito se entenderá cumplido si la entidad local figura en el certificado que publica mensualmente en su página web la Sindicatura de Comptes.

Tercero. Bases reguladoras

Orden 16/2022, de 18 de octubre, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a ayuntamientos para la ejecución de actuaciones contempladas en los planes de acción para el clima y la energía sostenible (PACES) (DOGV 9456, 25.10.2022).

Cuarto. Financiación de las ayudas

El importe global máximo será de 2.000.000,00 €, y se financiarán con cargo al crédito de la línea S9218000, capítulo VII, programa presupuestario 442.60, Cambio Climático, aplicación: 12.03.05.0000.442.60.7, de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Para la presentación se deberá utilizar el procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Generalitat, a la que se podrá acceder desde la siguiente URL:

http://sede.gva.es/es/proc 23318.

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