Subvenciones destinadas a apoyar la realización de actividades ligadas a la captación de nuevas personas residentes, en los municipios beneficiarios de la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la lucha contra el despoblamiento de los Municipios

 30/03/2023
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan subvenciones destinadas a apoyar la realización de actividades ligadas a la captación de nuevas personas residentes, en los municipios beneficiarios de la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la lucha contra el despoblamiento de los Municipios de la Comunidad Valenciana (DOGV de 29 de marzo de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 9 DE MARZO DE 2023, DE LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES LIGADAS A LA CAPTACIÓN DE NUEVAS PERSONAS RESIDENTES, EN LOS MUNICIPIOS BENEFICIARIOS DE LA LÍNEA ESPECÍFICA DEL FONDO DE COOPERACIÓN MUNICIPAL PARA LA LUCHA CONTRA EL DESPOBLAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

BDNS (identif.): 684088.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/684088)

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de esta convocatoria, de acuerdo con la base reguladora segunda del Decreto 16/2022, los municipios de la Comunidad Valenciana, que, cumpliendo los requisitos establecidos en el Decreto 182/2018, de 10 de octubre , del Consell, por el que se regula la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana, sean perceptores del fondo de cooperación municipal para la lucha contra el despoblamiento, en 2022.

Segundo. Finalidad

El objeto de la presente resolución es la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las subvenciones reguladas en el Decreto 16/2022, de 18 de mayo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a apoyar la realización de actividades ligadas a la captación de nuevas personas residentes, en los municipios beneficiarios de la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana, en 2022.

Tercero. Bases reguladoras

Mediante el Decreto 16/2022, de 18 de mayo, del president de la Generalitat, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a apoyar la realización de actividades ligadas a la captación de nuevas persones residentes, en los municipios beneficiarios de la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana (en adelante, Decreto 16/2022).

https://dogv.gva.es/datos/2022/05/25/pdf/2022_4573.pdf

Cuarto. Importe

Estas subvenciones se financiarán con cargo al presupuesto de la Generalitat para el 2022, sección 05, servicio 05, centro gestor 03, programa presupuestario 125.20, Agenda Valenciana Antidespoblamiento, línea S8867000 “Fomento de actividades de captación de nuevos residentes”, en el capítulo IV, con una dotación de doscientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve euros con noventa y un céntimos (249.999,91 €).

En cumplimiento de lo dispuesto en la base reguladora tercera, apartado 4, del Decreto 16/2022, la cuantía máxima de la subvención, correspondiente al ejercicio 2023, para cada entidad que resulte beneficiaria, no podrá ser superior a la cuantía de siete mil euros (7.000 €).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes, forma de presentación y documentación que debe acompañarse a la solicitud

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Las solicitudes para la obtención de estas subvenciones se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es), accediendo al procedimiento correspondiente a esta convocatoria.

La presentación de la solicitud llevará implícita la aceptación de las bases reguladoras, incluido lo dispuesto en esta convocatoria.

Cada entidad solicitante presentará, de conformidad con la base reguladora séptima del Decreto 16/2022, una única solicitud a la que deberá acompañar, además de la documentación requerida en la citada base séptima.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicaciones@inap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana